Preguntas Frecuentes RESUMEN MI CASA SE DAÑÓ CON EL HURACÁN MATTHEW Y/O EL HURACÁN FLORENCE. ¿HAY ALGUNA ASISTENCIA DISPONIBLE PARA MÍ? Sí, la asistencia está disponible a través de ReBuild NC, que fue establecida por la Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR) para ayudar a los residentes de Carolina del Norte cuyas casas se dañaron como resultado del huracán Matthew el 8 de octubre de 2016, y/o el huracán Florence el 14 de septiembre de 2018. En el verano de 2020, el Programa de Recuperación para Propietarios (HRP, por sus siglas en inglés) de ReBuild NC comenzará a aceptar solicitudes de los propietarios afectados. Los propietarios de viviendas elegibles pueden recibir asistencia para reparar, reemplazar, elevar y/o reconstruir sus casas dañadas después del huracán Matthew y/o el huracán Florence. El Programa también puede proporcionar el reembolso de las reparaciones ya realizadas. Por favor, visite www.rebuild.nc.gov para comenzar una solicitud o llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262). YA HE COMPLETADO UNA SOLICITUD DE REBUILD NC, ¿DEBERÍA COMPLETAR OTRA? No, si ya completó una solicitud de ReBuild NC durante la Fase 1 del Programa de Recuperación para Propietarios (2017-2019), no hay necesidad de completar una segunda solicitud. Por favor, llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para ser hablar con su Administrador de caso. Si anteriormente presentó una solicitud y se determinó que no era elegible para la asistencia, quizás ahora sí lo sea debido a las actualizaciones de la política. Su Administrador de caso con gusto revisará el estado de su solicitud y le ayudará con los siguientes pasos. SOLICITÉ LA ASISTENCIA DE OTRA ORGANIZACIÓN, ¿ESO SIGNIFICA QUE YA ESTOY INSCRITO EN REBUILD NC? No, para solicitar la asistencia de ReBuild NC debe presentar una solicitud de ReBuild NC. La solicitud se puede completar en línea haciendo clic aquí. La asistencia de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), de la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA), del Programa de Subvenciones para la Mitigación de Riesgos (HMGP), de un grupo de voluntarios, del seguro, etc. es independiente de ReBuild NC. ¿QUÉ CONDADOS SON ELEGIBLES PARA LA ASISTENCIA PARA LA RECUPERACIÓN? Para ser elegible para recibir asistencia del Programa de Recuperación para Propietarios, su casa debe estar ubicada en un condado que haya sido declarada desastre federal como resultado del huracán Matthew y/o el huracán Florence. Condados afectados por el huracán Matthew: Camden Chowan Currituck Edgecombe Franklin Gates Halifax Hertford Martin Nash Northampton Pasquotank Perquimans Wake Warren Washington Condados afectados por el huracán Florence: Alamance Alleghany Ashe Cabarrus Davidson Durham Granville Guilford Madison McDowell Orange Person Polk Randolph Rowan Stanly Union Yancey Condados afectados por el huracán Matthew y el huracán Florence: Anson Beaufort Bertie Bladen Brunswick Carteret Chatham Columbus Craven Cumberland Dare Duplin Greene Harnett Hoke Hyde Johnston Jones Lee Lenoir Montgomery Moore New Hanover Onslow Pamlico Pender Pitt Richmond Robeson Sampson Scotland Tyrrell Wayne Wilson NECESITO AYUDA ADICIONAL PARA COMPLETAR MI SOLICITUD DE REBUILD NC. ¿QUÉ DEBO HACER? Si tiene problemas de audición o de vista, o si tiene una discapacidad y quizás necesite adaptaciones adicionales, estaremos encantados de ayudarle con el proceso de solicitud. Por favor, llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para hablar con un representante del programa que le ayudará en lo que necesite. ¿REBUILD NC TIENE INTÉRPRETES DISPONIBLES? Sí, cuenta con personal multilingüe. Por favor, llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para indicar qué traducción se necesita. Se habla español. ¿DE QUÉ MANERA REBUILD NC GARANTIZA LA SEGURIDAD DE LOS PROPIETARIOS EN MEDIO DEL COVID-19? Para garantizar su seguridad y proteger la salud de nuestro personal, los Centros de ReBuild NC están temporalmente cerrados para las reuniones en persona. La Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR), que administra ReBuild NC, está supervisando las pautas de salud pública con respecto a la reapertura de las oficinas del programa y reabrirá los Centros de ReBuild NC cuando sea seguro hacerlo. Aunque los Centros de ReBuild NC permanecen cerrados para las reuniones en persona, el programa podrá tener que acceder a su propiedad para llevar a cabo inspecciones, tal como la inspección de daños, durante el Paso 4. Para más información acerca de las medidas de seguridad que se toman durante las inspecciones, por favor visite la sección «Inspecciones» en esta página de preguntas frecuentes. NCORR sigue evaluando los esfuerzos generales para garantizar que la salud y la seguridad de todas las personas atendidas por el programa siga siendo una prioridad máxima. Aunque los Centros de ReBuild NC están temporalmente cerrados, por favor no dude en llamar al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) si tiene alguna pregunta o desea más información acerca del programa. ¿EL PROGRAMA ESTÁ SUFRIENDO DEMORAS EN LOS SERVICIOS DE CORREO DEBIDO AL COVID-19? Tal como lo debe haber comprobado, usamos el sistema de USPS (Servicio Postal de los Estados Unidos) para asistirnos en el proceso de intercambio de documentación con nuestros solicitantes. Por favor tenga en cuenta, tal como se compartió también en los medios de prensa, que la entrega de los productos de USPS y el despacho pueden llevar más tiempo debido a la disponibilidad limitada del transporte, como resultado del actual impacto del COVID-19. Como consecuencia, nos vemos afectados de igual forma y también estamos sufriendo demoras en nuestros servicios de correo de USPS. Si elige usar USPS, le pedimos paciencia mientras trabajamos de manera segura para procesar su solicitud y documentos. Le pedimos disculpas por este inconveniente y agradecemos su comprensión. Por favor sepa que trabajaremos para reabrir de manera segura nuestras operaciones en fases, a medida que las condiciones de la pandemia evolucionen y, mientras tanto, no dude en intercambiar documentación con el programa a través de citas en la acera o correo electrónico. Para comunicarse por correo electrónico con un representante del programa, por favor escriba a ask-rbnc@rebuild.nc.gov o a su Administrador de caso directamente. Para más información acerca de los cambios en las entregas de USPS, por favor visite https://faq.usps.com/. CONTACTAR AL PROGRAMA ¿A QUIÉN LE PUEDO CONSULTAR ACERCA DEL ESTADO DE MI SOLICITUD?. Si tiene alguna pregunta sobre el estado de su solicitud, por favor llame a su Administrador de caso o al 833-ASK-RBNC (833-275- 7262) para hablar con un representante del programa. El representante del programa puede dirigir su llamada a otro miembro del equipo que pueda responder mejor a su pregunta. ¿CÓMO PUEDO HACER UN CAMBIO EN LA SOLICITUD QUE PRESENTÉ, Y/O CÓMO PRESENTO DOCUMENTACIÓN ADICIONAL? Si tiene que cambiar algo en su solicitud y/o enviar documentación adicional, por favor llame a su Administrador de caso o al 833-ASK-RBNC (833-275 -7262) para hablar con un representante del programa. El representante del programa puede dirigir su llamada a otro miembro del equipo que pueda responder mejor a su pregunta. ¿CÓMO PRESENTO UNA QUEJA? Cualquier persona puede presentar una queja en cualquier momento de su participación en el programa. Para presentar una queja, por favor llame a su Administrador de caso, al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) o envíe un correo electrónico a info@rebuild.nc.gov. CITAS EN LA ACERA ¿QUÉ ES UNA CITA EN LA ACERA? Las citas en la acera son nuestra forma de ayudarlo a obtener una solicitud o a suministrarle al programa la documentación requerida para avanzar con su solicitud, a la vez que protegemos la seguridad de nuestros ciudadanos y nuestro personal. Los servicios en la acera están disponibles de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m., con cita únicamente, y se llevarán a cabo fuera de los Centros de ReBuild NC, en zonas de retiro y entrega designadas. Solo se permite el ingreso de personal de ReBuild NC a los centros en este momento. ¿CUÁNTO DURARÁ LA CITA EN LA ACERA? Las citas en la acera son de 15 minutos. Si necesita más tiempo, su Administrador de caso lo ayudará con gusto para programar una cita adicional o lo asistirá por teléfono o correo electrónico. ¿CÓMO PROGRAMO UNA CITA EN LA ACERA? Las citas en la acera se pueden programar llamando al 833-ASK-RBNC (833-275-7262). Un representante del programa agendará la ventana de 15 minutos que desee para retirar y entregar documentos del programa en el Centro de ReBuild NC más cercano a su domicilio. Si no está seguro acerca de cuáles son los documentos que el programa requiere de su parte, por favor, remítase a la lista de documentos requeridos o comuníquese con su Administrador de caso. ¿QUÉ HAGO AL LLEGAR A MI CITA EN LA ACERA? Cuando llegue a su cita programada en la acera, le pedimos que por favor llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) y nuestro personal del centro de atención notificará a los representantes del Centro de ReBuild NC que usted ha llegado para su cita programada. Por razones de seguridad, no intente ingresar al centro ni golpear la puerta para notificar al personal de su llegada. Luego de recibir su llamado, lo ingresaremos, notificaremos al personal del programa de su llegada y alguien se acercará a su vehículo para ayudarlo en breve. Según la orden de usar tapaboca en el estado de Carolina del Norte, le pedimos que use una mascarilla o cubrebocas durante su cita. Si debido a una razón médica no puede usar una mascarilla, el personal realizará el proceso de «intercambio sin contacto», mediante el cual no se acercará a su vehículo y los documentos se intercambiarán en un contenedor seguro ubicado afuera del Centro. ¿QUÉ SUCEDE SI NECESITO MÁS AYUDA QUE LA DISPONIBLE DURANTE MI CITA EN LA ACERA? Si necesita ayuda adicional, por favor llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) o comuníquese con su Administrador de caso para programar una cita virtual donde un representante del programa le brindará más ayuda. ¿CUÁNDO ABRIRÁN LOS CENTROS DE REBUILD NC PARA LAS CITAS EN PERSONA? La salud y seguridad de los solicitantes y el personal del programa son la prioridad máxima y los Centros de ReBuild NC abrirán para las citas en persona una vez que sea seguro hacerlo, según las pautas estatales y federales. La información acerca de la reapertura de los Centros de ReBuild NC se actualizará en www.rebuild.nc.gov cuando esté disponible. SOLICITUD ¿CÓMO PRESENTO MI SOLICITUD? Para presentar una solicitud para el Programa de Recuperación para Propietarios de ReBuild NC, por favor visite www.rebuild.nc.gov para completar una solicitud en línea. No dude en llamarnos al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5 p. m., y con gusto concertaremos una cita para que hable con un representante del programa que pueda ayudarlo a completar la solicitud. Si prefiere recibir una solicitud por correo postal o correo electrónico, por favor llame o envíe un correo electrónico a ask-rbnc@rebuild.nc.gov. ¿HAY UNA FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR MI SOLICITUD? Actualmente no hay fecha límite para presentar la solicitud al Programa de Recuperación para Propietarios, y cualquier fecha límite que se establezca en el futuro será anunciada por el Programa en www.rebuild.nc.gov. Sin embargo, recomendamos encarecidamente a todos los interesados en el Programa que presenten la solicitud lo antes posible. ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE REQUIERE? Además de la solicitud completa, se debe presentar la documentación y los formularios de respaldo. Para una lista completa de toda la documentación y formularios requeridos, haga clic aquí. Una lista completa de toda la documentación y formularios requeridos está disponible en el sitio web de ReBuild NC. PRESENTÉ MI SOLICITUD. ¿CUÁL ES EL SIGUIENTE PASO? Un especialista en admisiones le ayudará a completar su solicitud y se asegurará de que haya presentado todos los documentos y formularios de respaldo necesarios. Una vez que haya presentado todos los documentos, el Programa comenzará una revisión exhaustiva de su solicitud. La lista completa de toda la documentación y formularios requeridos está disponible aquí. Una lista completa de toda la documentación y formularios requeridos está disponible en el sitio web de ReBuild NC. Una vez presentada su solicitud y la documentación requerida, se le asignará un Administrador de caso, que será su punto de contacto durante su participación en el Programa. El Programa revisará su solicitud con respecto a todos los criterios de elegibilidad. Si se cumplen los criterios, el Programa verificará entonces cualquier asistencia por desastre que haya recibido de otras fuentes, como la FEMA, la SBA y seguros, y se pondrá en contacto con usted para programar las inspecciones necesarias de su casa dañada. Las inspecciones incluirán una revisión ambiental, una inspección de daños, una inspección de construcción con asbesto, y para las casas construidas antes de 1978, una evaluación de pintura a base de plomo. Una vez que el Programa termine de revisar su solicitud, así como todas las inspecciones, se determinará el monto de su adjudicación y estará disponible para que usted lo revise. Una vez que revise su carta de adjudicación, podrá aceptar la adjudicación, presentar una apelación, solicitar una consulta de adjudicación o retirarse del Programa. En el sitio web de ReBuild NC encontrará un resumen del proceso de 8 pasos. ¿POR QUÉ TENGO QUE DETENER LOS TRABAJOS UNA VEZ QUE PRESENTO MI SOLICITUD? La ley federal exige a los propietarios de viviendas que detengan todos los trabajos de reparación de sus propiedades dañadas una vez que se presente una solicitud de asistencia para la recuperación de desastres. Una vez que presente su solicitud, debe esperar que el Programa dé su aprobación ANTES de realizar cualquier actividad de reparación, y solo se aprobarán las reparaciones que se consideren "de emergencia". Si usted está actualmente bajo contrato para reparaciones, debe notificar al Programa inmediatamente usando el Formulario de solicitud de reparación de emergencia, debe informar sobre la capacidad para terminar ese contrato y/o sobre la expiración del mismo. El Formulario de solicitud de reparación de emergencia está disponible en el sitio web de ReBuild NC. ¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE REPARACIÓN DE EMERGENCIA? Según el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU., las reparaciones de emergencia se ajustan a la siguiente definición: Las reparaciones de emergencia "no alteran las condiciones ambientales", incluyendo cualquiera de las siguientes: afectar elementos significativos de las propiedades que figuran en el Registro Nacional de Lugares Históricos o que cumplen los requisitos para su inclusión en el mismo reemplazar, ya sea a través de la reconstrucción o rehabilitación importante de estructuras dentro de una llanura aluvial implicar la ocupación inapropiada de un sitio peligroso conocido o un sitio contiguo a un sitio peligroso conocido implicar trabajos que podrían impactar negativamente el hábitat de una especie en peligro de extinción; y alterar la huella de un edificio Las reparaciones de emergencia "se limitan a las actividades de protección, reparación o restauración necesarias para controlar o detener los efectos": La actividad no incluye nuevas adiciones, reubicaciones o ampliaciones, ni cambios en el uso principal o en la densidad de ocupación; e incluye el trabajo que: proporciona una protección temporal contra mayores daños a un edificio o que hace reparaciones permanentes a un edificio o estructura dañada es para el restablecimiento de los servicios comunitarios esenciales y de servicios e instalaciones a su estado anterior al desastre sin cambios significativos en su tamaño o capacidad Las reparaciones de emergencia son necesarias "solo para controlar o detener los efectos de un desastre público declarado a nivel estatal o federal o de amenazas inminentes a la seguridad pública, incluidas las que resulten del deterioro físico". ¿QUÉ TIPO DE REPARACIONES SE CONSIDERAN DE EMERGENCIA? Las reparaciones de emergencia son las que no alteran las condiciones ambientales de la propiedad, por ejemplo mediante la reconstrucción o reparaciones importantes, y se limitan a las reparaciones necesarias para prevenir amenazas inminentes a la seguridad, como las que resultan del deterioro físico de la estructura después de un desastre. Algunos ejemplos pueden ser el reemplazo de un sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC), la reparación de daños en el techo y la reparación del suelo con riesgo de colapso. Si desea solicitar la aprobación del programa de una reparación de emergencia, por favor complete el Formulario de solicitud de reparación de emergencia disponible en el sitio web de ReBuild NC. ME NOTIFICARON QUE ME QUITARON DE FORMA INVOLUNTARIA DEL PROGRAMA. ¿CUÁLES SON LOS PASOS SIGUIENTES? Si se retiró su solicitud del programa de manera involuntaria, los registros del programa indican que no se presentaron todos los documentos requeridos. El programa le proporcionó una carta preliminar acerca del no cumplimiento de los requisitos que detalla toda la documentación requerida para continuar con el procesamiento de su solicitud. Para reingresar al programa, se debe presentar toda la documentación requerida detallada dentro de esa carta dentro de los 30 días. A los 30 días siguientes a la fecha de la carta preliminar acerca del no cumplimiento de los requisitos, el programa intentará comunicarse con usted por teléfono. Si no se comunica con el programa dentro de los treinta (30) días de la fecha de esta correspondencia, el programa le enviará una carta confirmando que su solicitud se ha pasado al estado de retiro. RETIRÉ MI SOLICITUD DEL PROGRAMA. ¿PUEDO RESTABLECER MI SOLICITUD? Los solicitantes pueden elegir retirar su solicitud del programa y recibirán una confirmación por escrito cuando lo hagan. Si elige restablecer su solicitud al programa, siente que recibió correspondencia acerca de su retiro del programa por error o tiene más preguntas, por favor comuníquese con su Administrador de caso de ReBuild NC o llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para hablar con un representante del programa lo más pronto posible. ELEGIBILIDAD ¿SOY ELEGIBLE? Los criterios de elegibilidad para el Programa de Recuperación para Propietarios incluyen: Su casa debe haberse dañado como resultado directo del huracán Matthew y/o el huracán Florence. Debe haber sido propietario de la casa dañada al momento del desastre (el huracán Matthew del 8 de octubre de 2016 y/o el huracán Florence del 14 de septiembre de 2018), y debe seguir siendo propietario de la casa. Debe haber ocupado la casa dañada como residencia principal al momento del desastre. Debe estar viviendo legalmente en los Estados Unidos. Los individuos a los que se les prohíbe recibir beneficios públicos federales de la Ley de Responsabilidad Personal y Oportunidad de Trabajo no pueden recibir asistencia de ReBuild NC. El total de los ingresos de su hogar debe ser igual o inferior al 150 por ciento del límite del Ingreso medio del área (AMI). La casa dañada debe ser un tipo de estructura elegible y estar ubicada en un condado declarado zona de desastre. Para más información sobre estos y otros criterios de elegibilidad, por favor vea el Manual del Programa de Recuperación para Propietarios, disponible en el sitio web de ReBuild NC. VENDÍ MI CASA, ¿AÚN SOY ELEGIBLE PARA LA ASISTENCIA? No, para ser elegible para la asistencia de ReBuild NC, los propietarios deben seguir siendo dueños de propiedad dañada durante su participación en el Programa. Los solicitantes certifican al completar la solicitud que entienden que no deben transferir la propiedad dañada, o cualquier derecho sobre ella, ya sea de forma voluntaria o involuntaria, hasta que hayan completado todos los trabajos de reparación o reconstrucción a través del Programa y/o el Programa haya completado el cierre de la solicitud. ¿QUÉ TIPOS DE ESTRUCTURAS SON ELEGIBLES PARA RECIBIR ASISTENCIA? Los tipos de estructura elegibles incluyen casas unifamiliares, casas modulares, Unidades de vivienda prefabricadas (casas rodantes), dúplex, condominios/casas y cooperativas de vivienda. Los tipos de estructuras no elegibles incluyen segundas viviendas, casas embargadas, estructuras independientes (como un garaje o un cobertizo), propiedades situadas en un cauce de alivio (es decir, los terrenos designados federalmente para el vertido de aguas de inundación), propiedades situadas en zonas donde no se permite la asistencia federal y las estructuras que se utilizan exclusivamente para fines comerciales y que no son una residencia principal. Se puede encontrar más información sobre los tipos de estructura elegibles en el Manual del Programa de Recuperación para Propietarios, disponible aquí. VERIFICACIÓN DE BENEFICIOS ¿QUÉ ES LA DUPLICACIÓN DE BENEFICIOS (DOB)? La duplicación de beneficios (DOB) es la recepción de fondos de múltiples fuentes para el mismo propósito. La Ley Robert T. Stafford de Ayuda en Caso de Desastre y Asistencia de Emergencia (Ley Stafford) prohíbe que cualquier persona, empresa u otra entidad reciba asistencia financiera de los fondos de la Subvención Global para el Desarrollo de la Comunidad - Recuperación de Desastres (CDBG-DR) con respecto a cualquier parte de las pérdidas que resulten de un desastre importante para el que ya haya recibido asistencia financiera en el marco de cualquier otro programa o de un seguro o cualquier otra fuente. Se trata de un monto que determina el Programa que puede dar lugar a la reducción del valor de la adjudicación. RECIBÍ ASISTENCIA DESPUÉS DEL HURACÁN MATTHEW Y/O EL HURACÁN FLORENCE. ¿CÓMO AFECTARÁ ESTO A LA ASISTENCIA QUE PUEDO RECIBIR DE REBUILD NC? El hecho de recibir otros medios de asistencia, como la ayuda de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA), el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD), el Programa Nacional de Seguros contra Inundaciones (NFIP), el seguro privado contra inundaciones o cualquier otra fuente para la que se designen fondos para la rehabilitación o reconstrucción de su estructura no lo descalifica para recibir asistencia del Programa de Recuperación para Propietarios. Sin embargo, puede repercutir en el monto de fondos para el que usted puede calificar. Para más información, por favor vea las preguntas frecuentes de "¿Qué es la duplicación de beneficios (DOB)?" RECIBÍ UN PRÉSTAMO DE LA SBA. ¿CÓMO AFECTARÁ ESTO A LA AYUDA QUE PUEDO RECIBIR DE REBUILD NC? Si solicitó y recibió un préstamo de la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA) para reparaciones en su casa después del huracán Matthew y/o el huracán Florence, solo el monto del préstamo recibido se considerará una duplicación de beneficios (DOB). Si rechazó o canceló la totalidad o una parte del préstamo para el que fue aprobado, ese monto no se tendrá en cuenta en el cálculo de la adjudicación y se le solicitará que complete una declaración jurada de préstamo subsidiado antes de recibir la asistencia del programa. SI RETIRO MÁS DINERO DE MI PRÉSTAMO ACTIVO DE LA SBA, ¿CÓMO AFECTARÁ ESO A LA ASISTENCIA QUE PUEDO RECIBIR DE REBUILD NC? Debe firmar y completar la Declaración jurada de préstamo subsidiado del Programa (disponible en el sitio web de ReBuild NC) indicando que no aceptará más fondos de su préstamo disponible sin la aprobación de ReBuild NC. Se enviará una copia de la declaración jurada a la SBA. Si decide aceptar más fondos del préstamo, el Programa considerará ese monto como una duplicación de beneficios (DOB) adicional y ajustará el cálculo de su adjudicación en consecuencia. Para más información sobre la duplicación de beneficios (DOB), por favor vea las preguntas frecuentes de "¿Qué es la duplicación de beneficios (DOB)?". TENÍA UN SEGURO CONTRA INUNDACIONES. ¿PUEDO RECIBIR LA ASISTENCIA DE REBUILD NC IGUAL? Si tenía una póliza de seguro contra inundaciones en vigor al momento del desastre y recibió fondos del seguro contra inundaciones, esto no lo hace inelegible para recibir asistencia, aunque puede afectar el monto de fondos que recibe. Para más información, por favor vea las preguntas frecuentes de "¿Qué es la duplicación de beneficios (DOB)?". NO TENÍA UN SEGURO CONTRA INUNDACIONES. ¿PUEDO RECIBIR LA ASISTENCIA DE REBUILD NC IGUAL? Si fue afectado por el huracán Florence, su propiedad dañada está ubicada dentro de la llanura aluvial de 100 años, no tenía seguro contra inundaciones al momento del desastre y su ingreso familiar total es igual o superior al 120 por ciento del Ingreso medio del área (AMI), no puede recibir asistencia del Programa de Recuperación para Propietarios en este momento. Sin embargo, aunque no crea que será elegible, se le recomienda encarecidamente que presente una solicitud, ya que los parámetros del programa pueden cambiar en el futuro. Si no vivía en una llanura aluvial de 100 años y no se le exigió que mantuviera un seguro contra inundaciones debido a que recibió anteriormente asistencia federal por desastres, no hay ningún requisito de elegibilidad del programa relacionado con el mantenimiento del seguro contra inundaciones. Si no está seguro de si la propiedad dañada se encuentra en una llanura aluvial de 100 años, también llamada Área especial con riesgo de inundación (SFHA), por favor visite el Centro de Servicio de Mapas de Inundación de la FEMA en https://msc.fema.gov/portal/home. . ANTERIORMENTE RECIBÍ ASISTENCIA FEDERAL DESPUÉS DE UN DESASTRE Y SE ME EXIGIÓ QUE MANTUVIERA UN SEGURO CONTRA INUNDACIONES, ¿PUEDO RECIBIR LA ASISTENCIA DE REBUILD NC IGUAL? Si su propiedad dañada recibió asistencia federal después de un desastre anterior, por ejemplo, la Asistencia Individual de FEMA después de un huracán, y se le exigió que mantuviera un seguro contra inundaciones, debe haber mantenido un seguro contra inundaciones continuo desde ese momento para seguir siendo elegible para recibir asistencia federal adicional, como una adjudicación de ReBuild NC. ¿POR QUÉ TENGO QUE COMPLETAR EL CERTIFICADO DE DECLARACIÓN DEL SEGURO? La ley federal le exige al programa que verifique la cantidad de ayuda que un solicitante recibió previamente en concepto de reparación de la casa luego del desastre por el cual alega daños. El programa usa el certificado de declaración del seguro para recolectar información acerca de toda ayuda recibida con anterioridad. Luego toma en cuenta la cantidad de ayuda recibida al calcular su suma total adjudicada. Para más información, por favor mire «¿Qué es una DOB?» en preguntas frecuentes. INSPECCIONES ¿POR QUÉ MI CASA TIENE QUE SER INSPECCIONADA? El Programa utiliza las inspecciones para una variedad de propósitos, incluyendo la identificación de los daños causados por la tormenta, las reparaciones completadas y las necesidades de reparación pendientes. Sin inspecciones completas, el Programa no puede calcular su adjudicación, y no podrá avanzar en el Programa. ¿QUÉ ES UNA INSPECCIÓN DE DAÑOS? Durante la inspección de daños, un representante del programa realizará una inspección detallada del interior y el exterior de su casa para determinar el trabajo que queda por hacer, así como las reparaciones que ya se han realizado. Todas las reparaciones completadas previamente se documentarán en la Verificación de reparación de daños (DRV). Como parte de la inspección de daños, el inspector determinará si es necesaria una inspección estructural adicional. En el caso de las propiedades ubicadas en un Área especial con riesgo de inundación (SFHA), el inspector también evaluará la elevación de la propiedad y si la estructura está elevada apropiadamente, a por lo menos dos pies por encima de la Elevación para inundaciones base (BFE) y/o la marca de agua más alta, la que sea más alta. El inspector de daños también creará un informe detallado de todos los artículos de reparación restantes, llamado Costo estimado de reparaciones (ECR). El ECR se basa en materiales económicos o de grado estándar. Tanto la DRV como el ECR se le proporcionarán en el momento de la determinación de la adjudicación. ¿QUÉ ES UNA EVALUACIÓN DEL RIESGO DE PINTURA A BASE DE PLOMO? Todas las casas construidas antes de 1978 están obligadas por el gobierno federal a recibir una evaluación del riesgo de pintura a base de plomo. El inspector de pintura a base de plomo del programa analizará su pintura, tomará muestras de la tierra en el exterior y del polvo en los pisos y alféizares de las ventanas en el interior. El asesor tendrá que inspeccionar tanto el interior como el exterior de la casa. ¿QUÉ ES UNA INSPECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN CON ASBESTO? Todos los hogares deben recibir una inspección de construcción con asbesto, que es un requisito de la ley federal para garantizar que las propiedades dañadas estén libres de materiales peligrosos que contengan asbesto y que puedan afectar la salud de los ocupantes del hogar. Durante la inspección de la construcción con asbesto, el inspector de asbesto del Programa inspeccionará la propiedad dañada y tomará muestras para determinar si hay materiales peligrosos presentes, así como determinar las necesidades para su eliminación. ¿QUÉ ES UNA REVISIÓN AMBIENTAL? Una revisión ambiental es el proceso de revisión de un proyecto de construcción para garantizar que no tenga efectos adversos en el medio ambiente o el patrimonio cultural, asegurando al mismo tiempo que no se produzcan efectos ambientales adversos en el proyecto. Este proceso de revisión asegura que el proyecto de construcción cumpla con las leyes, estatutos y órdenes ejecutivas federales de preservación ambiental e histórica. Como parte de esta revisión, se realiza una inspección ambiental del sitio. Se hará una cita para la inspección. Aunque el inspector ambiental tendrá que acceder a la propiedad, por lo general no tendrá que entrar a su casa a menos que se solicite específicamente el acceso estructural cuando se haga la cita. ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE ELEVACIÓN Y POR QUÉ LO NECESITO? Los certificados de elevación se pueden obtener de su municipalidad local y el programa los usa para comprender la elevación de su casa en relación con la Elevación para inundaciones base (BFE). En caso de no poder obtener un certificado de elevación por parte de su municipalidad local, un inspector podrá salir y examinar la casa para confeccionar uno. Por ley federal, todas las estructuras residenciales ubicadas en un Área especial con riesgo de inundación (SFHA) que reciban asistencia federal para la nueva construcción, reparación de daños cuantiosos o mejoras importantes, deben elevarse desde el piso más bajo, incluido el sótano, al menos dos pies por encima del 1 por ciento de la elevación anual para terrenos inundables (debidamente, hasta al menos dos pies por encima de la Elevación para inundaciones base (BFE) y/o la marca de agua más alta, la que sea más alta). ¿DE QUÉ MANERA REBUILD NC GARANTIZA LA SEGURIDAD DE LOS PROPIETARIOS DURANTE LAS INSPECCIONES DEL PROGRAMA EN MEDIO DEL COVID-19? Durante el COVID-19 el programa toma medidas de seguridad para ayudar a garantizar la salud y seguridad de los solicitantes, miembros del hogar y personal del programa. Supervisamos de cerca a los inspectores del programa y tomamos las medidas necesarias para evitar la propagación potencial del virus, llevando a cabo testeos de forma regular, tomando la temperatura diariamente, incentivando un lavado de manos meticuloso y frecuente, y pidiéndole al personal que informen si experimentan cualquier síntoma o si sospechan que pudieron haber estado expuestos al COVID-19. Una vez que se encuentran en el sitio de su propiedad dañada, se les exige a los inspectores usar mascarilla, guantes y mantener distancia física de al menos 6 pies tanto adentro como afuera. Le pedimos que por favor nos ayude a llevar a cabo la inspección sin contacto minimizando el número de personas adentro de su casa durante la inspección, de ser posible, y de otro modo haciendo lo que pueda para garantizar que podamos mantener una distancia de al menos 6 pies con el inspector. También le pedimos que usted, y toda persona presente durante la inspección, use mascarilla, en particular cuando esté cerca del inspector. Si usted o cualquier miembro del hogar sospecha que puede haber estado expuesto al COVID-19, por favor notifique al programa lo más pronto posible antes de la inspección. Con gusto reprogramaremos la inspección luego de un período de 14 días. La Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR) sigue evaluando los esfuerzos generales para garantizar que la salud y la seguridad de todas las personas atendidas por el programa siga siendo una prioridad máxima. Por favor, no dude en llamar al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) si tiene preguntas acerca de las medidas de seguridad del programa durante el COVID-19. ASISTENCIA DISPONIBLE ¿QUÉ TIPOS DE ASISTENCIA ESTÁN DISPONIBLES? Reparación de casa construida con estructura de madera Se dispone de fondos para las casas construidas con estructura de madera, para su rehabilitación, remediación medioambiental (pintura a base de plomo o asbesto) y para abordar los requisitos de accesibilidad y órdenes de cambio, de ser necesario. Las casas modulares se procesarán como estructuras construidas en madera en el programa. Reembolso Está disponible el reembolso para los solicitantes de Fase 1 (solicitudes presentadas entre noviembre de 2017 y junio de 2019) con un ingreso familiar total igual o inferior al 120 por ciento del Ingreso medio del área (AMI), y para los solicitantes de Fase 2 (solicitudes presentadas en junio 2020 hasta la actualidad) con un AMI total del 80 por ciento o inferior. En el caso de los solicitantes afectados por el huracán Matthew, estas reparaciones deben haberse realizado antes de presentar una solicitud o el 14 de septiembre de 2018, lo que suceda primero. En el caso de los solicitantes afectados por el huracán Florence, estas reparaciones deben haberse realizado antes de presentar una solicitud o el 14 de septiembre de 2020, lo que suceda primero. Reconstrucción de casa construida con estructura de madera Se dispone de fondos para la reconstrucción de hogares unifamiliares, si se considera que la casa no puede rehabilitarse. La suma final adjudicada está basada en las ofertas reales para construir planos elegibles y aprobados por el programa. Las casas modulares se procesarán como estructuras construidas en madera en el programa. Reparación de casa rodante/unidad de vivienda prefabricada (MHU) Se dispone de fondos para reparaciones de casas rodantes de un ambiente y reparaciones de casas rodantes de dos ambientes o más grandes. El valor de las reparaciones será determinado por la evaluación de daños del programa y cualquier valor de reparación por encima de los límites de reparación exigidos por el programa, basados en el tipo de casa rodante, debe reemplazarse en lugar de repararse. Reemplazo de unidad de vivienda prefabricada (MHU) Se dispone de fondos para el reemplazo de unidades de vivienda prefabricadas. La suma se basa en las ofertas reales para reemplazar la unidad de vivienda prefabricada por una de un ambiente, de dos ambientes, de un ambiente que cumpla con la ADA y de dos ambientes que cumpla con la ADA. Asistencia para elevación Se dispone de fondos para asistir en las necesidades de elevación. La asistencia para elevación puede ser necesaria para hogares unifamiliares o casas rodantes ubicadas en una llanura aluvial, o disponible para las casas unifamiliares o las casas rodantes elegibles como una adjudicación de elevación opcional. Por favor, tenga en cuenta que la elevación no está disponible para proyectos de reparación; si elige elevar su casa o si el programa se lo exige, el programa demolerá y reconstruirá su casa a la elevación correcta. Asistencia para reubicación temporal (TRA) Para las familias que no pueden ocupar su casa dañada debido a la construcción relacionada con el programa o a la remediación medioambiental durante la fase de construcción del programa (Paso 7), se podrá disponer de fondos para los gastos de mudanza, almacenamiento y/o alojamiento para los solicitantes que cumplan con los requerimientos de elegibilidad del programa y la TRA. La TRA se le puede proporcionar a los propietarios con ingresos familiares iguales o inferiores al 120 por ciento del Ingreso medio del área (AMI) y si el programa requiere la mudanza para que comience la construcción. Los propietarios que no son elegibles para recibir TRA pero a quienes se les solicita mudarse antes de que comience la construcción deben cubrir todos los gastos temporales de reubicación. Asistencia del seguro contra inundaciones (FIA) Se podrán suministrar fondos para primas del seguro contra inundaciones durante el Paso 8 a los propietarios con un ingreso familiar igual o inferior al 80 por ciento del Ingreso medio del área (AMI) y con una vivienda ubicada dentro de la llanura aluvial de 100 años. EL CONTENIDO DE MI CASA SE DAÑÓ. ¿PUEDE EL PROGRAMA AYUDAR CON ESTOS GASTOS? No, el Programa de Recuperación para Propietarios está financiado con dólares federales destinados a asistir a los propietarios con la estructura de su casa, no con el contenido. ¿EL PROGRAMA HOPE ES PARTE DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PARA PROPIETARIOS? El Programa de Oportunidades de Vivienda y Prevención de Desalojos (HOPE, por sus siglas en inglés), que ofrece asistencia de alquileres y servicios públicos, NO es parte del Programa de Recuperación para Propietarios de ReBuild NC. Se les recomienda a los solicitantes del Programa HOPE, que buscan información acerca del mismo, que visiten www.hope.nc.gov. DETERMINACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN ¿CÓMO SE CALCULAN LAS ADJUDICACIONES? Durante la inspección de los daños, un representante del programa realizará una inspección detallada de su casa para determinar un monto en dólares (basado en materiales económicos o de grado estándar) para el trabajo ya realizado en su casa y el trabajo que queda por hacer. El Programa también revisará cualquier asistencia para desastres que haya recibido de otras fuentes, como la FEMA, la SBA o el seguro. Dado que la ley federal exige que se contabilicen otros beneficios al calcular la adjudicación, el monto de la asistencia de otro tipo que se reciba para el desastre pertinente se restará del monto en dólares determinado mediante la evaluación de daños. Estos montos se considerarán en relación con los montos máximos posibles de adjudicación del programa. ¿CUÁNDO DEBERÍA RECIBIR LA ASISTENCIA DEL PROGRAMA? Una vez que haya presentado una solicitud completa, así como toda la documentación y formularios de respaldo requeridos, el Programa comenzará una revisión exhaustiva de su solicitud. El Programa revisará su solicitud con respecto a todos los criterios de elegibilidad. Si se cumplen los criterios, el Programa calculará entonces cualquier asistencia por desastre que haya recibido de otras fuentes, como la FEMA, la SBA y seguros, y se pondrá en contacto con usted para programar las inspecciones necesarias de su casa dañada. Las inspecciones incluirán una revisión ambiental, una inspección de daños, una inspección de construcción con asbesto, y para las casas construidas antes de 1978, una evaluación de pintura a base de plomo. Una vez que el Programa termine de revisar su solicitud, así como todas las inspecciones, se determinará el monto de su adjudicación y estará disponible para que usted lo revise. Una vez que revise su carta de adjudicación, podrá aceptar la adjudicación, presentar una apelación, solicitar una consulta de adjudicación o retirarse del Programa. En el sitio web de ReBuild NC encontrará un resumen del proceso de 8 pasos. SOY ELEGIBLE PARA UNA ADJUDICACIÓN DE REEMBOLSO. ¿AÚN TENGO QUE COMPLETAR LAS REPARACIONES RESTANTES? Sí, si usted recibió un reembolso y una adjudicación de reparación, debe estar de acuerdo en permitir que el Programa complete las reparaciones restantes de su casa para poder aceptar el monto del reembolso. ¿POR QUÉ MI ESTIMACIÓN DE VERIFICACIÓN DE REPARACIÓN DE DAÑOS (DRV) ES MENOR QUE EL MONTO QUE GASTÉ PARA REPARAR MI CASA? La DRV se basa en una inspección detallada de las reparaciones completadas y utiliza precios económicos o de grado estándar para cada artículo de reparación. Aunque el Programa reconoce que los propietarios quizás no hayan reparado su casa con materiales económicos o de grado estándar, el propósito de los fondos federales asignados a ReBuild NC es asegurar que los propietarios puedan volver a una casa segura, totalmente reparada o reconstruida. Como tal, los fondos de reembolso están destinados a cubrir el costo de las reparaciones necesarias en lugar de compensar a los propietarios por la totalidad de sus pérdidas tras el huracán Matthew y/o el huracán Florence. Al utilizar materiales económicos de grado estándar, el Programa también asegura que los propietarios elegibles reciban los mismos fondos para los mismos artículos de reparación y que la financiación disponible pueda ayudar a la mayor cantidad de solicitantes. RECIBÍ UNA CARTA DEL PROGRAMA CON RESPECTO A MI ELEGIBILIDAD O MONTO DE LA ADJUDICACIÓN, Y ME GUSTARÍA APELAR LA DECISIÓN. ¿CÓMO PRESENTO UNA APELACIÓN AL PROGRAMA? Si desea apelar la determinación del Programa con respecto a su elegibilidad o monto de adjudicación, por favor utilice el Formulario de solicitud de apelación disponible en el sitio web de ReBuild NC, que puede presentarse por correo postal, correo electrónico o en un Centro de ReBuild NC. Tenga en cuenta que las apelaciones deben presentarse por escrito en un plazo de treinta (30) días calendario a partir de la fecha de la carta de determinación de elegibilidad o adjudicación. Si se necesita una prórroga para presentar una apelación, por favor llame a su Administrador de caso o al 833-ASK-RBNC para solicitar una prórroga. SI RECIBO UNA ADJUDICACIÓN DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PARA PROPIETARIOS, ¿TENDRÉ QUE DEVOLVER EL DINERO? No, el Programa de Recuperación para Propietarios proporciona fondos en forma de subvención, que no tienen que devolverse a menos que usted viole cualquiera de las Certificaciones del solicitante incluidas en la solicitud o los términos de su acuerdo de subvención, que es un documento legal vinculante entre los solicitantes y la Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR). Las actividades que darán lugar a la devolución de fondos al Programa incluyen, entre otras, las siguientes: retirarse del Programa mientras se está llevando a cabo la construcción; recibir un cheque de reembolso pero negarse a completar las reparaciones restantes; y recibir asistencia adicional en caso de desastre que se considera una duplicación de beneficios (DOB). ¿POR QUÉ TENGO LA OPCIÓN DE ELEVAR? El programa ofrece elevación opcional para solicitantes elegibles cuya propiedad dañada esté fuera de la llanura aluvial de 100 años, haya recibido por lo menos 6 pulgadas de crecidas por el huracán Matthew y/o el huracán Florence, y se considere sustancialmente dañada o que se vería sustancialmente mejorada. Esta opción es una medida preventiva contra toda inundación futura. Si elige la asistencia para elevación opcional, su casa será reconstruida o reemplazada y elevada a la elevación máxima de, o bien dos (2) pies por sobre la Elevación para inundaciones base (BFE), o al menos dos (2) pies sobre el nivel de agua más alto que afecte la casa y que pueda documentarse. ACEPTÉ LA ELEVACIÓN OPCIONAL Y AHORA SOY ELEGIBLE PARA LA ASISTENCIA PARA LA RECONSTRUCCIÓN O REEMPLAZO. ¿POR QUÉ MI ADJUDICACIÓN PASÓ DE REHABILITACIÓN A RECONSTRUCCIÓN/REEMPLAZO? Si un propietario que se calculaba que iba a recibir originalmente una adjudicación para rehabilitación acepta su elevación opcional, su adjudicación se cambia automáticamente a una adjudicación para reconstrucción (construida con estructura de madera/modular) o reemplazo (MHU). Esto es así porque la casa actual debe demolerse para construir una nueva casa elevada a la elevación máxima de, o bien dos (2) pies por sobre la Elevación para inundaciones base (BFE), o al menos dos (2) pies sobre el nivel de agua más alto que afecte la casa y que pueda documentarse. SOY ELEGIBLE PARA UNA RECONSTRUCCIÓN. ¿PUEDO ELEGIR MIS NUEVOS PLANOS? Sí, puede elegir entre varios planos que incluyen opciones de dos, tres, cuatro y cinco dormitorios. Para más información sobre diseños específicos de planos, haga clic aquí para ver una lista completa. Tenga en cuenta que todos los planos se encuentran en el sitio web de ReBuild NC, los cuales podrán incluir opciones que no son elegibles según la composición de su familia y los estándares de ocupación del Departamento de Viviendas y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés). Una vez seleccionado, tenga en cuenta que la selección de su plano está sujeta a cambios debido a los requerimientos del código de edificación según jurisdicción local o a la imposibilidad de reconstruir el plano seleccionado en el lugar; el programa se debe adecuar a los requerimientos del código de edificación y modificará los planos para cumplir con lo que se necesite. SOY ELEGIBLE PARA EL REEMPLAZO DE UNA CASA RODANTE. ¿PUEDO ELEGIR MI NUEVO PLANO? Sí, durante el Paso 6 el programa le ofrecerá varias opciones de planos entre los cuales hacer la selección. Por favor, tenga en cuenta que el plano/s para el que es elegible está determinado por la composición de su familia y los estándares de ocupación del Departamento de Viviendas y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD). ¿POR QUÉ EL PROGRAMA PREGUNTA ACERCA DE LA COMPOSICIÓN DE MI FAMILIA EN EL PASO 5? El programa debe verificar si ocurrió algún cambio en la composición de su familia antes de calcular una adjudicación para garantizar que la suma adjudicada esté calculada de manera correcta. El número de miembros de la familia se usa para calcular la suma de su adjudicación y, de haber cambios desde que completó la solicitud, pueden surgir ajustes en los elementos de su acuerdo de subvención, tal como el plano para el cual es elegible si su casa será reconstruida o reemplazada, y/o la asistencia para la reubicación temporal. El programa también mira el total de ingresos familiares para garantizar que la adjudicación sea coherente con las pautas del programa. ¿CÓMO PUEDO PRESENTAR MI CHEQUE DE FIDEICOMISO? Las únicas formas de pago en fideicomiso que se aceptan son el cheque de caja o el giro postal y deben ser a la orden de NCORR. El pago debe enviarse por correo postal a NCORR, PO Box 110465, Durham, NC 27709. ¿POR QUÉ TENGO UN SALDO EN FIDEICOMISO? Usted recibió asistencia adicional de otras fuentes, tales como la FEMA, la SBA, Seguro para propietarios, etc. y la suma que recibió es mayor de lo que reveló la inspección de la verificación de reparación de daños (DRV), lo que se considera como una duplicación de beneficios (DOB). Este exceso en la DOB también se conoce como saldo en fideicomiso. Antes de que el programa pueda continuar con la asistencia, tendrá que suministrarle al mismo el exceso de DOB/en fideicomiso para seguir con la reparación, la reconstrucción o el reemplazo de su casa administrados por el programa. ¿POR QUÉ DEBO PROPORCIONAR UNA PRUEBA DE SEGURO CONTRA INUNDACIONES? Si su propiedad está ubicada dentro de un Área especial con riesgo de inundación (SFHA), debe proporcionarse al programa una prueba de seguro contra inundaciones. La Ley de Protección de Desastres por Inundaciones, de 1973, requiere que las casas que reciban asistencia federal y estén ubicadas en una SFHA estén cubiertas por un seguro contra inundaciones bajo el Programa Nacional de Seguro contra Inundaciones (NFIP). El incumplimiento de mantener un seguro contra inundaciones sobre la propiedad tendrá como resultado que la propiedad dañada sea descalificada para recibir cualquier asistencia federal futura para la recuperación de desastres. ¿POR QUÉ NECESITO APROBACIÓN DE MI ACREEDOR PRENDARIO PARA RECONSTRUIR O REEMPLAZAR MI CASA? El programa debe tener permiso de su acreedor prendario antes de continuar con la demolición y la reconstrucción o el reemplazo de una casa dañada. Esto es necesario dado que el acreedor prendario tiene derechos sobre la propiedad y debe ser notificado acerca de todos los cambios y la transferencia de garantías, de ser necesario. La prenda continuará tal como está durante todo el proceso y no se agregarán fondos adicionales. Si tiene una casa rodante reemplazada por el programa, la prenda aplicará a la casa rodante de reemplazo. ¿QUÉ ES LA FIRMA DE LA SUBVENCIÓN? Durante la firma de la subvención, el propietario firmará su Acuerdo de Subvención para Propietarios, que describe la subvención para la cual es elegible. El Acuerdo de Subvención para Propietarios describe los requerimientos y procedimientos del programa e incluye todos los documentos que el solicitante debe conocer antes de la emisión de cualquier fondo de subvención o el comienzo de las actividades de construcción. Una vez que se ejecuta por completo el Acuerdo de Subvención para Propietarios, el programa comenzará el proceso del Paso 6 de selección de contratistas. APELACIONES ¿CÓMO PRESENTO UNA APELACIÓN? Se debe presentar una apelación por escrito ante el Departamento de Apelaciones dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la carta de determinación de elegibilidad o adjudicación del programa, utilizando el Formulario de solicitud de apelación de ReBuild NC. Puede presentar su apelación por correo de EE. UU. a la dirección que se encuentra debajo, enviar un correo electrónico (appeals@rebuild.nc.gov), o llevarla al Centro de ReBuild NC más cercano. (Nota: Durante el COVID-19, los Centros de ReBuild NC están cerrados al público, pero se pueden programar citas en la acera para entregar o retirar documentación relacionada con el programa llamando al 833-ASK-RBNC (833-275-7262)). Equipo de apelaciones de ReBuild NC Para: Programa de Recuperación para Propietarios Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte PO Box 110465 Durham, North Carolina 27709 ¿QUÉ PUEDO APELAR? Puede presentar una apelación por escrito relacionada con cualquier determinación escrita realizada por el programa que afecte su elegibilidad o monto de asistencia. No se tendrá en cuenta la apelación si apela una norma federal o política subyacente del programa, o si lo hace luego de firmar el Acuerdo de Subvención para Propietarios. ¿QUÉ TENGO QUE PRESENTAR PARA INTERPONER UNA APELACIÓN? Para que la apelación se considere válida, debe suministrar lo siguiente: un formulario de solicitud de apelación firmado, una declaración por escrito detallando lo que está apelando y las bases de la apelación, y documentación adicional en sustento de la misma. Un representante del programa lo contactará si se necesita documentación adicional para procesar la apelación. ¿HAY UNA FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR UNA APELACIÓN? Se debe presentar una apelación por escrito ante el Departamento de Apelaciones dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la carta de determinación de elegibilidad o adjudicación del programa. SI CAMBIO DE OPINIÓN, ¿PUEDO RETIRAR MI APELACIÓN? Sí, puede retirar su solicitud de apelación de manera voluntaria en cualquier momento antes de que se envíe la determinación final acerca de la apelación. Si elige retirar su apelación, el estado de la adjudicación o la elegibilidad de su solicitud seguirá igual. Se le pedirá que presente una carta firmada ante el Departamento de Apelaciones afirmando que le gustaría retirar su apelación. Para presentar su carta firmada solicitando el retiro de la apelación, podrá llevarla a un Centro de ReBuild NC a través de una cita en la acera, enviarla por correo electrónico a su Administrador de caso, enviarla por correo electrónico a appeals@rebuild.nc.gov o por correo postal al programa, a la siguiente dirección: Equipo de apelaciones de ReBuild NC Para: Programa de Recuperación para Propietarios Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte PO Box 110465 Durham, North Carolina 27709 ¿QUÉ PASA SI NO ESTOY DE ACUERDO CON LA DECISIÓN DEL PROGRAMA CON RESPECTO A LA APELACIÓN? Si no está satisfecho con la determinación de la apelación de Nivel I, puede apelar la decisión del Comité de Apelaciones de Nivel I ante NCORR dentro de los treinta (30) días desde la fecha de la carta de determinación de apelaciones de Nivel I. Esto iniciará una revisión y determinación de apelaciones de Nivel II. Todas las determinaciones de apelaciones de Nivel II las realiza el Comité de Apelaciones de Nivel II establecido por NCORR y las decisiones tomadas son inapelables. NO TENGO RECIBOS DEL TRABAJO TERMINADO. ¿QUÉ OTRA COSA PUEDO PRESENTAR? Si no tiene los recibos de las reparaciones hechas en su casa, usted y su contratista podrán en su lugar completar el certificado del contratista, un formulario que le permite certificar que el trabajo de reparación está completo. Para recibir una copia del certificado del contratista, por favor solicítela a su Administrador de caso o envíe un correo electrónico a appeals@rebuild.nc.gov. La documentación de respaldo también se debe presentar con este formulario y podrá incluir una copia de un contrato firmado, un informe del alcance del trabajo, factura/s paga/s, recibos o pruebas relacionadas con el trabajo finalizado. Los informes del alcance del trabajo y los presupuestos también deben incluir prueba de pago. ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DEL CONTRATISTA Y POR QUÉ LO NECESITO? Para evaluar una solicitud de apelación, el programa debe verificar todas las reparaciones finalizadas en la propiedad dañada a causa de los huracanes Florence o Matthew. Si el programa no recibió suficiente documentación para verificar las reparaciones finalizadas en su casa, el certificado del contratista y la documentación de respaldo pueden servir como prueba adicional de las reparaciones finalizadas en la estructura dañada. El certificado del contratista deben completarlo usted y su contratista y devolverlo al programa, junto con toda la documentación de respaldo, inclusive todas las copias de contratos firmados, informes del alcance del trabajo, facturas pagas, recibos y toda otra prueba de que las reparaciones se completaron. ¿QUÉ PASA SI NO PUEDO LOCALIZAR A MI CONTRATISTA? Si no puede localizar a su contratista, por favor suministre esta información en su solicitud de apelación e incluya el nombre del contratista, el nombre de la empresa y toda información de contacto que haya usado previamente para comunicarse con el contratista. La documentación de respaldo también se debe suministrar al programa, tales como las copias de los contratos firmados, los informes del alcance del trabajo, facturas pagas, recibos y todo otro elemento relacionado que el programa pueda usar para completar la revisión de su apelación. SOLO TENGO RECIBOS POR PAGO EN EFECTIVO, ¿EL PROGRAMA LOS ACEPTA? El programa podrá aceptar recibos por pago en efectivo como parte de la documentación de respaldo del solicitante si están desglosados, es decir, los recibos detallan elementos específicos comprados para completar las reparaciones en la propiedad dañada. Los recibos por pago en efectivo también deben tener fecha e incluir el nombre del solicitante u otra información de identificación. NECESITO UNA PRÓRROGA PARA PRESENTAR MI APELACIÓN. ¿CÓMO PUEDO SOLICITAR UNA? Para solicitar una prórroga para apelar, se debe presentar un formulario de solicitud de prórroga para apelar del solicitante dentro de los treinta (30) días calendario a partir de la fecha de su carta de determinación de elegibilidad o de adjudicación. Si ReBuild NC aprueba la solicitud de prórroga, usted tendrá hasta treinta (30) días calendario adicionales dentro de los cuales presentar un formulario de solicitud de apelación, apelando su determinación de elegibilidad o adjudicación. A su vez, su asesor legal podrá solicitar de manera formal la prórroga para apelar en su nombre. En este caso, su asesor legal podrá presentar un formulario de solicitud de prórroga para apelar del apoderado. Se le puede pedir tanto el formulario de solicitud de prórroga para apelar del solicitante como el del apoderado a su Administrador de caso. ¿CUÁNTAS PRÓRROGAS PARA APELAR PUEDO TENER? Puede solicitar una prórroga para presentar su apelación hasta dos (2) veces, durante un máximo de noventa (90) días calendario a partir de la fecha de su carta de determinación del programa. Si se rechaza su solicitud de prórroga, el equipo de apelaciones le enviará la decisión de prórroga para apelar explicando por qué su solicitud de prórroga fue rechazada. RECIBÍ LA DETERMINACIÓN DE MI APELACIÓN, ¿Y AHORA QUÉ? Luego de recibir la determinación de su apelación, la que indicará si su apelación fue aprobada o rechazada, el siguiente paso es completar la página de selecciones y confirmaciones junto con la determinación de su apelación y devolverla al programa. Su selección podrá incluir la aceptación de la determinación de la apelación, la programación de una consulta de apelación, el rechazo de la determinación de la apelación y el retiro de su solicitud del programa, o la presentación de una apelación de Nivel II ante la Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR). Se incluye información adicional acerca de todas estas opciones en la determinación de su apelación. ¿CUÁNTO TIEMPO TENGO QUE ESPERAR PARA RECIBIR MI NUEVA CARTA DE ADJUDICACIÓN? Si el programa aprueba su apelación, tendrá la opción de aceptar la determinación a través de la página de selecciones y confirmaciones incluida en la determinación de su apelación. A partir de allí, el programa comenzará a actualizar o crear su adjudicación basada en la determinación de la apelación. Dado que el período de tiempo desde que se completan estas actualizaciones y se le suministra una nueva carta de adjudicación puede variar dependiendo del contenido de su apelación, su Administrador de caso podrá explicar los próximos pasos e informarle las novedades a medida que surjan. CONSTRUCCIÓN ¿QUIÉN COMPLETARÁ LA CONSTRUCCIÓN DE MI CASA? El programa asignará un contratista general para completar la construcción de su casa o abrirá una licitación para el proyecto a través de una adquisición competitiva a una lista de contratistas generales precalificados. Usted no recibirá fondos directamente ni negociará de manera directa con el contratista general. El programa administra y completa el proceso de construcción en su nombre. ¿HAY UNA PERSONA ASIGNADA A MI CASO? Sí, el programa asignará un Enlace de construcción para actuar como su contacto principal durante el proceso de construcción. Luego de la presentación inicial, el Enlace se comunicará con los propietarios cada 15 días para verificar el progreso, responder a las preguntas o dudas del solicitante y garantizar que las actividades de construcción estén coordinadas de manera apropiada. ¿QUIÉN SELECCIONA AL CONTRATISTA GENERAL QUE REALIZARÁ LA CONSTRUCCIÓN DE MI CASA? El Programa asignará o adjudicará un contratista general para completar la construcción de su casa de acuerdo con los términos de su acuerdo de subvención. ¿EL PROGRAMA PROPORCIONA ASISTENCIA SI SE ME PIDE QUE ABANDONE MI CASA DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? Sí. Para disminuir las molestias de los propietarios afectados, NCORR ofrece asistencia para reubicación temporal (TRA) cuando las actividades de rehabilitación, elevación, reconstrucción, reemplazo o remediación medioambiental requieran que los propietarios se reubiquen de manera temporal. Para ser elegible para la TRA, se les debe solicitar a los propietarios que se reubiquen de manera temporal y deben tener un ingreso familiar igual o menor al 120 por ciento del ingreso medio del área (AMI). Se les notifica a los propietarios acerca de su elegibilidad para la TRA en su carta de adjudicación. Los propietarios que no sean elegibles para recibir TRA pero a quienes se les solicite mudarse antes de que comience la construcción deben cubrir todos los gastos temporales de reubicación. ¿QUÉ PASA LUEGO DE FIRMAR MI ACUERDO DE SUBVENCIÓN PARA REHABILITACIÓN, REEMPLAZO DE MHU O RECONSTRUCCIÓN? Una vez que firme el acuerdo de subvención, es decir, que acepte su adjudicación y celebre un acuerdo legalmente vinculante con el Programa, el Programa asignará o adjudicará un contratista general a su casa y le proporcionará al contratista general el Alcance del trabajo (SOW) de su casa y una Orden de proceder (NTP) con la construcción. Antes de comenzar cualquier trabajo de construcción, el gerente de construcción programará una reunión previa a la construcción (o "recorrido") con usted. El propósito de esta reunión es revisar todas las actividades de construcción que se llevarán a cabo. ¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA GENERAL DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? Los contratistas generales son responsables de las siguientes actividades, junto con otras que pueden incluirse en las políticas de construcción del Programa: Cumplir con los requisitos de seguro y fianza. Aportar toda la mano de obra, materiales, equipos y otros servicios necesarios para completar el alcance del trabajo en la casa del solicitante de acuerdo con las normas, la calidad y los requisitos del código de construcción del estado. Obtener todos los permisos e inspecciones requeridos por el departamento de construcción local. Coordinar las inspecciones de progreso con el gerente de construcción. Realizar la construcción según lo especificado de manera oportuna como se indica en el contrato de construcción y sujeto a la liquidación de daños y perjuicios como se indica en las políticas de construcción del Programa y en los contratos aplicables. Realizar todo el trabajo de acuerdo con los códigos locales de construcción, salud y seguridad, y la Norma de Viviendas sin Plomo (LSHR). Eliminación de todos los escombros de la construcción en un vertedero de residuos de construcción con licencia. Completar y presentar toda la documentación de cierre requerida al Programa. Asegurarse de que todos los materiales, el equipo suministrado, los sistemas completos y el trabajo realizado estén libres de defectos debidos a materiales o mano de obra defectuosa durante un período de un (1) año, dos (2) años para cualquier sistema principal (es decir, sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado, sistema séptico) y diez (10) años para obras estructurales. ¿CUÁLES SON MIS RESPONSABILIDADES DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? De acuerdo con su acuerdo de subvención, usted es responsable de las siguientes actividades durante la construcción: Reconocer el derecho del contratista a acceder a la propiedad y a la casa durante la construcción. Retirar todos los bienes personales, accesorios y aparatos según sea necesario para completar la construcción de manera oportuna. Acordar liberar al contratista de la responsabilidad por daños y perjuicios por disponer de cualquier propiedad personal, accesorios y aparatos que usted deje en las áreas sujetas a reparación y/o rehabilitación. Mantener el cumplimiento de los protocolos de seguridad del programa (que pueden incluir abstenerse de estar en la obra durante los períodos de trabajos de construcción, según lo determinado por el contratista general y el gerente de construcción). Notificar de los defectos detectados dentro de los sesenta (30) días de su descubrimiento. Dar permiso al contratista para asegurar las puertas, cambiar las cerraduras, dividir temporalmente las áreas y/o habitaciones de la casa, o limitar de otra manera el acceso en la casa para las áreas y/o habitaciones en construcción. Dar permiso al gerente de construcción, al contratista general y al inspector del programa para tomar fotos y/o videos de la construcción a medida que avanza. ¿CON QUIÉN ME COMUNICO SI TENGO UN PROBLEMA DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? El Enlace de construcción asignado a su casa actuará como el contacto principal de los propietarios. Luego de su presentación inicial, el Enlace le brindará la información de contacto necesaria. Todas las preguntas, comentarios o dudas se pueden dirigir al Enlace y a la línea directa de atención a la construcción del programa: 984-833-5356 . LUEGO DE LA FIRMA DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN, ¿CUÁNDO COMENZARÁ LA CONSTRUCCIÓN EN MI CASA? Una vez que haya firmado su acuerdo de subvención, su legajo será revisado por el equipo de construcciones. Si es posible proceder con la construcción, se asignará un Enlace de construcción quien se comunicará con usted para recolectar información relativa a su proyecto de construcción. Luego de la comunicación inicial, el gerente de construcción asignará su casa a un contratista o licitará el trabajo. Una vez que se haya seleccionado el contratista, se programará un acto de firma para que usted revise el contrato de construcción con su contratista. Luego se emitirá una Orden de proceder (NTP), para permitir que el contratista comience el trabajo en su casa. ¿EL PROGRAMA CUMPLE CON LAS NORMAS DE CONSTRUCCIÓN ECOLÓGICA? Sí, las normas de construcción ecológica tienen por objeto garantizar que la construcción se lleve a cabo de una manera ambientalmente responsable y eficiente en cuanto a recursos. ReBuild NC ha adoptado el estándar del Sistema de clasificación de energía doméstica (HERS) para los proyectos que recibieron daños sustanciales o en los que se requiere una reconstrucción. Las casas que no recibieron daños sustanciales deben cumplir con la lista de verificación de Adaptación de construcciones ecológicas del área de Planeación y Desarrollo de la Comunidad (CPD) del HUD. En el sitio web de ReBuild NC encontrará información adicional acerca de la lista de verificación de Adaptación de construcciones ecológicas.. ¿CUANDO SE COMPLETARÁ LA CONSTRUCCIÓN DE MI CASA? Aunque el programa hace todo lo que esté a su alcance para completar las actividades de construcción y los reemplazos de casas rodantes de manera lo más eficiente posible, los contratistas de ReBuild NC han sufrido demoras para obtener materiales, y los fabricantes no han podido producir grandes volúmenes de MHU, debido al COVID-19. Estas circunstancias están desafortunadamente fuera del control del programa. Si tiene preguntas con respecto a la línea de tiempo de su construcción, por favor comuníquese con su Enlace de construcción o con la línea directa de atención a la construcción del programa al 984-833-5356. ¿RECIBIRÉ UNA GARANTÍA POR LAS REPARACIONES/RECONSTRUCCIONES REALIZADAS POR EL CONTRATISTA GENERAL DEL PROGRAMA? Sí, los contratistas generales del Programa son responsables de proporcionar una garantía de que todos los materiales, el equipo suministrado, los sistemas completos y el trabajo realizado estén libres de defectos debidos a materiales o mano de obra defectuosa durante un período de un (1) año, dos (2) años para cualquier sistema principal (es decir, sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado, sistema séptico) y diez (10) años para obras estructurales. ¿PUEDO ELEGIR MIS APARATOS DE REPUESTO Y/O LOS COLORES Y ACABADOS DE LA PINTURA? Después de firmar el acuerdo de subvención, el contratista general y el gerente de construcción del programa se reunirán con usted para proporcionarle información sobre el proceso de construcción. Esto incluirá la revisión de sus opciones de colores y acabados instalados como parte del proceso de reparación o reconstrucción. Tenga en cuenta que todas las reparaciones y reconstrucciones se llevarán a cabo utilizando materiales económicos/de grado estándar. VIVIENDAS PREFABRICADAS ¿Qué es una vivienda prefabricada? Una vivienda prefabricada sin armazón se construye por secciones en un entorno de fábrica controlado, y está diseñada y construida conforme a los códigos de edificación estatales o locales donde estará ubicada la vivienda. Además, incluye materiales sostenibles (como ventanas de alto impacto) que son adecuados para la recuperación a largo plazo y la resistencia futura. Las secciones construidas en la fábrica luego se transportan al sitio de la obra, donde se instalan sobre los cimientos y los contratistas generales terminan de construirlas. ¿Quiénes son elegibles para recibir una vivienda prefabricada del programa? Los solicitantes que reciban una subvención de Reconstrucción o de Reconstrucción con elevación y los solicitantes que reciban una subvención de Reemplazo de unidad de vivienda móvil (o MHU) o de Reemplazo de MHU con elevación que sean los propietarios del terreno donde está ubicada la MHU son elegibles para recibir una vivienda prefabricada. ¿Se construirá toda mi vivienda prefabricada en la fábrica? No, la vivienda prefabricada no se construye en su totalidad en la fábrica. Todavía faltará un segmento de la construcción que se llevará a cabo en el sitio de la vivienda, como la construcción de los cimientos, la instalación del recubrimiento exterior, el revestimiento para suelos, el trabajo eléctrico restante y la pintura interior. ¿Cómo selecciono el tipo de subvención de vivienda prefabricada? A las personas a quienes les concedan una subvención de Reemplazo de MHU o Reemplazo de MHU con elevación que sean las propietarias del terreno donde está ubicada la MHU se les enviará un aviso durante el “Paso 4: Inspecciones y evaluación medioambiental” para que “especifiquen su preferencia” por una vivienda prefabricada. Asimismo, esta selección se reflejará en el Formulario de selección de plano que se le proporcionó en el “Paso 5: Firma de las concesiones y las subvenciones”. En el mismo formulario, usted podrá seleccionar su plano de la lista de planos que están a su disposición. A las personas a quienes les concedan una subvención de Reconstrucción o de Reconstrucción con elevación se les avisará sobre el tipo de vivienda durante su consulta de subvención, esta se reflejará en su Contrato de subvención para propietarios y se volverá a hablar de ello durante la firma de la subvención. La vivienda fuera de obra usa los mismos materiales y planos que la del tipo de subvención de reconstrucción. A los solicitantes con viviendas construidas en el sitio de la obra que no deseen continuar con un tipo de vivienda fuera de obra se les recomendará retirarse del programa. Las opciones de planos se pueden consultar aquí. ¿Cuál es la ventaja para los solicitantes con viviendas construidas en el sitio de la obra si se cambian a una vivienda fuera de obra? Las viviendas fuera de obra pueden construirse más rápido y en un espacio donde se controlan las condiciones climáticas, lo que permite al solicitante volver a su hogar más pronto. Las opciones de planos, los materiales utilizados y los códigos de edificación son los mismos para las viviendas construidas en el sitio de la obra y las viviendas prefabricadas, así que la única diferencia para el solicitante es dónde se ensambla la vivienda. ¿Cuál es la ventaja para los solicitantes con unidades de vivienda móviles (MHU) sobre su propio terreno si se cambian a una vivienda prefabricada? Dado que la vivienda tendrá un cimiento sólido en comparación con la mayoría de las MHU, la vivienda prefabricada se considera más resistente y una opción de recuperación a largo plazo más segura para el solicitante. Las viviendas prefabricadas también podrían terminarse más pronto que un reemplazo de MHU, dado que la industria de MHU está sufriendo considerables demoras en la fabricación y la adquisición. Las MHU y las viviendas prefabricadas también tienen códigos de edificación completamente distintos: las MHU se construyen conforme a los menos rigurosos estándares de fabricación de vivienda del HUD mientras que las viviendas prefabricadas se construyen conforme al Código de Edificaciones Residenciales de Carolina del Norte, que puede equipararse directamente a las viviendas construidas en el sitio de la obra, y que están diseñadas y construidas conforme a los códigos de edificación estatales o locales donde estará ubicada la vivienda. ¿Se verá afectado mi financiamiento ahora que recibiré una vivienda prefabricada? No, no habrá ningún impacto económico sobre sus desembolsos requeridos o subvención si usted recibe una vivienda prefabricada en lugar de un reemplazo de MHU o vivienda construida en el sitio de la obra. El límite de financiamiento se basará en el costo real de construir planos elegibles aprobados por el programa, incluirá la demolición y el retiro de la unidad dañada, el costo de la unidad nueva, la instalación y la entrega con una prestación adicional destinada a cubrir la elevación. ¿Cómo me afectará esto si mi estructura dañada ya era una vivienda prefabricada? Esto no afectará a los solicitantes con estructuras de vivienda prefabricada, dado que el programa ya considera las viviendas construidas en el sitio de la obra y las viviendas prefabricadas de igual forma con relación a los tipos de subvención, las opciones de planos y los materiales utilizados. ¿Me permitirá la ventaja de una vivienda prefabricada obtener mi vivienda más pronto? Para las viviendas prefabricadas, los solicitantes no tendrían que pasar por el proceso de licitación dado que a todos los solicitantes se les asigna el único contratista general que está a cargo de todos los proyectos de viviendas prefabricadas. Una vez que lleguen al Paso 6, los solicitantes pueden anticipar que dentro de un par de semanas un representante de construcción del programa se comunicará con ellos para revisar los próximos pasos con su contratista general. Si se trata de un proyecto de reconstrucción estándar, los solicitantes aún tendrían que esperar a que se les asigne un contratista una vez que haya terminado el proceso de licitación. Es posible que los proyectos de los solicitantes tengan que licitarse unas cuantas veces antes de que se les asigne satisfactoriamente un contratista. ¿Qué tan pronto comenzará la construcción de una vivienda prefabricada? Si bien no podemos ofrecer un plazo preciso, debido a factores medioambientales eliminadores como el clima y la supresión del proceso de licitación de contratistas, las viviendas prefabricadas podrían demorar menos tiempo que el proceso de construcción en el sitio de la obra. ¿Se verá distinta mi vivienda si tenía una vivienda construida en el sitio de la obra y ahora recibo una vivienda prefabricada? No, las opciones de plano son las mismas tanto para las viviendas prefabricadas como para las viviendas construidas en el sitio de la obra. Independientemente de si la vivienda se reconstruye en el sitio de la obra o fuera de obra (prefabricada), la vivienda se verá igual. Las opciones de planos y los bosquejos de las viviendas se pueden consultar aquí. ¿Es la ventaja de una vivienda prefabricada solo para los solicitantes con viviendas móviles (MHU) sobre su propio terreno? No, las viviendas prefabricadas también se ofrecerán a los solicitantes que actualmente tienen una vivienda construida sobre el sitio de la obra y que son elegibles para recibir ayuda de reconstrucción o de reconstrucción con elevación. ¿Está disponible la ventaja de una vivienda prefabricada para los solicitantes que alquilan el terreno? Si no, ¿cuál será la opción para estos solicitantes? No, debido a que una vivienda prefabricada es una instalación permanente sobre el terreno, las viviendas prefabricadas no se ofrecerán a los solicitantes que habitan en terrenos alquilados (p. ej., parques de viviendas móviles). En cambio, a dichos solicitantes se les ofrecerá una MHU según lo explican las políticas y procedimientos normales del programa. ¿Si tengo una MHU y opto por cambiarme a una vivienda prefabricada, ¿seré elegible para obtener un crédito para el depósito en garantía? El proceso de crédito para el depósito en garantía de la reconstrucción se usará para las viviendas prefabricadas, ya que se usarán los mismos planos. Es decir, si los solicitantes con una MHU aceptan una vivienda prefabricada como su tipo de vivienda de reemplazo y solicitan un crédito para el depósito en garantía, entonces se usará el plan que seleccionen en el “Paso 5: Firma de las concesiones y las subvenciones” para el proceso de crédito para el depósito en garantía. Esto es idéntico al crédito para el depósito en garantía que el programa usa actualmente. El crédito para el depósito en garantía es una opción ofrecida por el Programa que permite a los solicitantes reducir su saldo de depósito en garantía mediante la selección de un plano o modelo de MHU más pequeño. ¿Cuáles serán las consecuencias del aumento impositivo al ser propietario de una vivienda prefabricada en comparación con una MHU? La NCORR no tiene ninguna supervisión o control sobre las consecuencias fiscales. La ciudad determina los impuestos prediales a través de una evaluación inmobiliaria. No obstante, una MHU que no esté fijada a un terreno (la cual no es un bien inmueble) se considera un bien personal para fines impositivos en tanto que una vivienda prefabricada se considera dentro de un formulario fiscal para bienes inmuebles. Es posible que los impuestos prediales sobre una vivienda prefabricada sean más altos que los de una MU. Esto es algo que los solicitantes deberán tener en cuenta si permiten que el programa reemplace su MHU por una vivienda prefabricada. Los solicitantes tendrán la opción de aceptar o rechazar una vivienda prefabricada si el tipo de estructura dañada es una MHU. ¿Si actualmente tengo una MHU sobre mi propio terreno y me cambio a una vivienda prefabricada, ¿tendré que informar a mi ciudad? Sí, será la responsabilidad de los solicitantes visitar su oficina del registrador de la propiedad inmobiliaria a fin de obtener una escritura pública para la vivienda prefabricada, e informar a la ciudad que la MHU dañada por la tormenta será retirada del sitio y cancelar el título de propiedad. ¿Disminuirá el valor de mi propiedad si recibo una vivienda prefabricada? El tipo de vivienda prefabricada sin armazón que usa el programa sigue tendencias similares de aumento y caída del valor de la propiedad en comparación con las viviendas construidas en el sitio de la obra, y a menudo se usan de forma comparativa al tasar el valor de viviendas prefabricadas. En comparación con las MHU, seleccionar una vivienda prefabricada no disminuirá el valor de su vivienda. ¿Si ya seleccioné un plano para mi subvención de reconstrucción, ¿tendré que hacer una selección nueva para la vivienda prefabricada? No, usted no tendrá que cambiar la selección de su plano. Usted recibirá el mismo plano que seleccionó en el “Paso 5: Firma de las concesiones y las subvenciones”. Lo único que cambiará es dónde se construirá su vivienda nueva, ya sea si se construirá por completo en el sitio de la obra o parcialmente en una fábrica. ¿Puedo personalizar los colores y el revestimiento de suelos de la vivienda prefabricada? Sí, usted podrá seleccionar de unos cuantos paquetes de colores para personalizar su revestimiento de suelos, armarios, encimeras y recubrimiento exterior. También tendrá la opción de seleccionar piso laminado para toda la vivienda o una combinación de alfombra y piso laminado. Aplica Ya Connect with ReBuild NC .Facebook .Twitter .Youtube
Preguntas Frecuentes RESUMEN MI CASA SE DAÑÓ CON EL HURACÁN MATTHEW Y/O EL HURACÁN FLORENCE. ¿HAY ALGUNA ASISTENCIA DISPONIBLE PARA MÍ? Sí, la asistencia está disponible a través de ReBuild NC, que fue establecida por la Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR) para ayudar a los residentes de Carolina del Norte cuyas casas se dañaron como resultado del huracán Matthew el 8 de octubre de 2016, y/o el huracán Florence el 14 de septiembre de 2018. En el verano de 2020, el Programa de Recuperación para Propietarios (HRP, por sus siglas en inglés) de ReBuild NC comenzará a aceptar solicitudes de los propietarios afectados. Los propietarios de viviendas elegibles pueden recibir asistencia para reparar, reemplazar, elevar y/o reconstruir sus casas dañadas después del huracán Matthew y/o el huracán Florence. El Programa también puede proporcionar el reembolso de las reparaciones ya realizadas. Por favor, visite www.rebuild.nc.gov para comenzar una solicitud o llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262). YA HE COMPLETADO UNA SOLICITUD DE REBUILD NC, ¿DEBERÍA COMPLETAR OTRA? No, si ya completó una solicitud de ReBuild NC durante la Fase 1 del Programa de Recuperación para Propietarios (2017-2019), no hay necesidad de completar una segunda solicitud. Por favor, llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para ser hablar con su Administrador de caso. Si anteriormente presentó una solicitud y se determinó que no era elegible para la asistencia, quizás ahora sí lo sea debido a las actualizaciones de la política. Su Administrador de caso con gusto revisará el estado de su solicitud y le ayudará con los siguientes pasos. SOLICITÉ LA ASISTENCIA DE OTRA ORGANIZACIÓN, ¿ESO SIGNIFICA QUE YA ESTOY INSCRITO EN REBUILD NC? No, para solicitar la asistencia de ReBuild NC debe presentar una solicitud de ReBuild NC. La solicitud se puede completar en línea haciendo clic aquí. La asistencia de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), de la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA), del Programa de Subvenciones para la Mitigación de Riesgos (HMGP), de un grupo de voluntarios, del seguro, etc. es independiente de ReBuild NC. ¿QUÉ CONDADOS SON ELEGIBLES PARA LA ASISTENCIA PARA LA RECUPERACIÓN? Para ser elegible para recibir asistencia del Programa de Recuperación para Propietarios, su casa debe estar ubicada en un condado que haya sido declarada desastre federal como resultado del huracán Matthew y/o el huracán Florence. Condados afectados por el huracán Matthew: Camden Chowan Currituck Edgecombe Franklin Gates Halifax Hertford Martin Nash Northampton Pasquotank Perquimans Wake Warren Washington Condados afectados por el huracán Florence: Alamance Alleghany Ashe Cabarrus Davidson Durham Granville Guilford Madison McDowell Orange Person Polk Randolph Rowan Stanly Union Yancey Condados afectados por el huracán Matthew y el huracán Florence: Anson Beaufort Bertie Bladen Brunswick Carteret Chatham Columbus Craven Cumberland Dare Duplin Greene Harnett Hoke Hyde Johnston Jones Lee Lenoir Montgomery Moore New Hanover Onslow Pamlico Pender Pitt Richmond Robeson Sampson Scotland Tyrrell Wayne Wilson NECESITO AYUDA ADICIONAL PARA COMPLETAR MI SOLICITUD DE REBUILD NC. ¿QUÉ DEBO HACER? Si tiene problemas de audición o de vista, o si tiene una discapacidad y quizás necesite adaptaciones adicionales, estaremos encantados de ayudarle con el proceso de solicitud. Por favor, llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para hablar con un representante del programa que le ayudará en lo que necesite. ¿REBUILD NC TIENE INTÉRPRETES DISPONIBLES? Sí, cuenta con personal multilingüe. Por favor, llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para indicar qué traducción se necesita. Se habla español. ¿DE QUÉ MANERA REBUILD NC GARANTIZA LA SEGURIDAD DE LOS PROPIETARIOS EN MEDIO DEL COVID-19? Para garantizar su seguridad y proteger la salud de nuestro personal, los Centros de ReBuild NC están temporalmente cerrados para las reuniones en persona. La Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR), que administra ReBuild NC, está supervisando las pautas de salud pública con respecto a la reapertura de las oficinas del programa y reabrirá los Centros de ReBuild NC cuando sea seguro hacerlo. Aunque los Centros de ReBuild NC permanecen cerrados para las reuniones en persona, el programa podrá tener que acceder a su propiedad para llevar a cabo inspecciones, tal como la inspección de daños, durante el Paso 4. Para más información acerca de las medidas de seguridad que se toman durante las inspecciones, por favor visite la sección «Inspecciones» en esta página de preguntas frecuentes. NCORR sigue evaluando los esfuerzos generales para garantizar que la salud y la seguridad de todas las personas atendidas por el programa siga siendo una prioridad máxima. Aunque los Centros de ReBuild NC están temporalmente cerrados, por favor no dude en llamar al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) si tiene alguna pregunta o desea más información acerca del programa. ¿EL PROGRAMA ESTÁ SUFRIENDO DEMORAS EN LOS SERVICIOS DE CORREO DEBIDO AL COVID-19? Tal como lo debe haber comprobado, usamos el sistema de USPS (Servicio Postal de los Estados Unidos) para asistirnos en el proceso de intercambio de documentación con nuestros solicitantes. Por favor tenga en cuenta, tal como se compartió también en los medios de prensa, que la entrega de los productos de USPS y el despacho pueden llevar más tiempo debido a la disponibilidad limitada del transporte, como resultado del actual impacto del COVID-19. Como consecuencia, nos vemos afectados de igual forma y también estamos sufriendo demoras en nuestros servicios de correo de USPS. Si elige usar USPS, le pedimos paciencia mientras trabajamos de manera segura para procesar su solicitud y documentos. Le pedimos disculpas por este inconveniente y agradecemos su comprensión. Por favor sepa que trabajaremos para reabrir de manera segura nuestras operaciones en fases, a medida que las condiciones de la pandemia evolucionen y, mientras tanto, no dude en intercambiar documentación con el programa a través de citas en la acera o correo electrónico. Para comunicarse por correo electrónico con un representante del programa, por favor escriba a ask-rbnc@rebuild.nc.gov o a su Administrador de caso directamente. Para más información acerca de los cambios en las entregas de USPS, por favor visite https://faq.usps.com/. CONTACTAR AL PROGRAMA ¿A QUIÉN LE PUEDO CONSULTAR ACERCA DEL ESTADO DE MI SOLICITUD?. Si tiene alguna pregunta sobre el estado de su solicitud, por favor llame a su Administrador de caso o al 833-ASK-RBNC (833-275- 7262) para hablar con un representante del programa. El representante del programa puede dirigir su llamada a otro miembro del equipo que pueda responder mejor a su pregunta. ¿CÓMO PUEDO HACER UN CAMBIO EN LA SOLICITUD QUE PRESENTÉ, Y/O CÓMO PRESENTO DOCUMENTACIÓN ADICIONAL? Si tiene que cambiar algo en su solicitud y/o enviar documentación adicional, por favor llame a su Administrador de caso o al 833-ASK-RBNC (833-275 -7262) para hablar con un representante del programa. El representante del programa puede dirigir su llamada a otro miembro del equipo que pueda responder mejor a su pregunta. ¿CÓMO PRESENTO UNA QUEJA? Cualquier persona puede presentar una queja en cualquier momento de su participación en el programa. Para presentar una queja, por favor llame a su Administrador de caso, al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) o envíe un correo electrónico a info@rebuild.nc.gov. CITAS EN LA ACERA ¿QUÉ ES UNA CITA EN LA ACERA? Las citas en la acera son nuestra forma de ayudarlo a obtener una solicitud o a suministrarle al programa la documentación requerida para avanzar con su solicitud, a la vez que protegemos la seguridad de nuestros ciudadanos y nuestro personal. Los servicios en la acera están disponibles de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m., con cita únicamente, y se llevarán a cabo fuera de los Centros de ReBuild NC, en zonas de retiro y entrega designadas. Solo se permite el ingreso de personal de ReBuild NC a los centros en este momento. ¿CUÁNTO DURARÁ LA CITA EN LA ACERA? Las citas en la acera son de 15 minutos. Si necesita más tiempo, su Administrador de caso lo ayudará con gusto para programar una cita adicional o lo asistirá por teléfono o correo electrónico. ¿CÓMO PROGRAMO UNA CITA EN LA ACERA? Las citas en la acera se pueden programar llamando al 833-ASK-RBNC (833-275-7262). Un representante del programa agendará la ventana de 15 minutos que desee para retirar y entregar documentos del programa en el Centro de ReBuild NC más cercano a su domicilio. Si no está seguro acerca de cuáles son los documentos que el programa requiere de su parte, por favor, remítase a la lista de documentos requeridos o comuníquese con su Administrador de caso. ¿QUÉ HAGO AL LLEGAR A MI CITA EN LA ACERA? Cuando llegue a su cita programada en la acera, le pedimos que por favor llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) y nuestro personal del centro de atención notificará a los representantes del Centro de ReBuild NC que usted ha llegado para su cita programada. Por razones de seguridad, no intente ingresar al centro ni golpear la puerta para notificar al personal de su llegada. Luego de recibir su llamado, lo ingresaremos, notificaremos al personal del programa de su llegada y alguien se acercará a su vehículo para ayudarlo en breve. Según la orden de usar tapaboca en el estado de Carolina del Norte, le pedimos que use una mascarilla o cubrebocas durante su cita. Si debido a una razón médica no puede usar una mascarilla, el personal realizará el proceso de «intercambio sin contacto», mediante el cual no se acercará a su vehículo y los documentos se intercambiarán en un contenedor seguro ubicado afuera del Centro. ¿QUÉ SUCEDE SI NECESITO MÁS AYUDA QUE LA DISPONIBLE DURANTE MI CITA EN LA ACERA? Si necesita ayuda adicional, por favor llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) o comuníquese con su Administrador de caso para programar una cita virtual donde un representante del programa le brindará más ayuda. ¿CUÁNDO ABRIRÁN LOS CENTROS DE REBUILD NC PARA LAS CITAS EN PERSONA? La salud y seguridad de los solicitantes y el personal del programa son la prioridad máxima y los Centros de ReBuild NC abrirán para las citas en persona una vez que sea seguro hacerlo, según las pautas estatales y federales. La información acerca de la reapertura de los Centros de ReBuild NC se actualizará en www.rebuild.nc.gov cuando esté disponible. SOLICITUD ¿CÓMO PRESENTO MI SOLICITUD? Para presentar una solicitud para el Programa de Recuperación para Propietarios de ReBuild NC, por favor visite www.rebuild.nc.gov para completar una solicitud en línea. No dude en llamarnos al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5 p. m., y con gusto concertaremos una cita para que hable con un representante del programa que pueda ayudarlo a completar la solicitud. Si prefiere recibir una solicitud por correo postal o correo electrónico, por favor llame o envíe un correo electrónico a ask-rbnc@rebuild.nc.gov. ¿HAY UNA FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR MI SOLICITUD? Actualmente no hay fecha límite para presentar la solicitud al Programa de Recuperación para Propietarios, y cualquier fecha límite que se establezca en el futuro será anunciada por el Programa en www.rebuild.nc.gov. Sin embargo, recomendamos encarecidamente a todos los interesados en el Programa que presenten la solicitud lo antes posible. ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE REQUIERE? Además de la solicitud completa, se debe presentar la documentación y los formularios de respaldo. Para una lista completa de toda la documentación y formularios requeridos, haga clic aquí. Una lista completa de toda la documentación y formularios requeridos está disponible en el sitio web de ReBuild NC. PRESENTÉ MI SOLICITUD. ¿CUÁL ES EL SIGUIENTE PASO? Un especialista en admisiones le ayudará a completar su solicitud y se asegurará de que haya presentado todos los documentos y formularios de respaldo necesarios. Una vez que haya presentado todos los documentos, el Programa comenzará una revisión exhaustiva de su solicitud. La lista completa de toda la documentación y formularios requeridos está disponible aquí. Una lista completa de toda la documentación y formularios requeridos está disponible en el sitio web de ReBuild NC. Una vez presentada su solicitud y la documentación requerida, se le asignará un Administrador de caso, que será su punto de contacto durante su participación en el Programa. El Programa revisará su solicitud con respecto a todos los criterios de elegibilidad. Si se cumplen los criterios, el Programa verificará entonces cualquier asistencia por desastre que haya recibido de otras fuentes, como la FEMA, la SBA y seguros, y se pondrá en contacto con usted para programar las inspecciones necesarias de su casa dañada. Las inspecciones incluirán una revisión ambiental, una inspección de daños, una inspección de construcción con asbesto, y para las casas construidas antes de 1978, una evaluación de pintura a base de plomo. Una vez que el Programa termine de revisar su solicitud, así como todas las inspecciones, se determinará el monto de su adjudicación y estará disponible para que usted lo revise. Una vez que revise su carta de adjudicación, podrá aceptar la adjudicación, presentar una apelación, solicitar una consulta de adjudicación o retirarse del Programa. En el sitio web de ReBuild NC encontrará un resumen del proceso de 8 pasos. ¿POR QUÉ TENGO QUE DETENER LOS TRABAJOS UNA VEZ QUE PRESENTO MI SOLICITUD? La ley federal exige a los propietarios de viviendas que detengan todos los trabajos de reparación de sus propiedades dañadas una vez que se presente una solicitud de asistencia para la recuperación de desastres. Una vez que presente su solicitud, debe esperar que el Programa dé su aprobación ANTES de realizar cualquier actividad de reparación, y solo se aprobarán las reparaciones que se consideren "de emergencia". Si usted está actualmente bajo contrato para reparaciones, debe notificar al Programa inmediatamente usando el Formulario de solicitud de reparación de emergencia, debe informar sobre la capacidad para terminar ese contrato y/o sobre la expiración del mismo. El Formulario de solicitud de reparación de emergencia está disponible en el sitio web de ReBuild NC. ¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE REPARACIÓN DE EMERGENCIA? Según el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU., las reparaciones de emergencia se ajustan a la siguiente definición: Las reparaciones de emergencia "no alteran las condiciones ambientales", incluyendo cualquiera de las siguientes: afectar elementos significativos de las propiedades que figuran en el Registro Nacional de Lugares Históricos o que cumplen los requisitos para su inclusión en el mismo reemplazar, ya sea a través de la reconstrucción o rehabilitación importante de estructuras dentro de una llanura aluvial implicar la ocupación inapropiada de un sitio peligroso conocido o un sitio contiguo a un sitio peligroso conocido implicar trabajos que podrían impactar negativamente el hábitat de una especie en peligro de extinción; y alterar la huella de un edificio Las reparaciones de emergencia "se limitan a las actividades de protección, reparación o restauración necesarias para controlar o detener los efectos": La actividad no incluye nuevas adiciones, reubicaciones o ampliaciones, ni cambios en el uso principal o en la densidad de ocupación; e incluye el trabajo que: proporciona una protección temporal contra mayores daños a un edificio o que hace reparaciones permanentes a un edificio o estructura dañada es para el restablecimiento de los servicios comunitarios esenciales y de servicios e instalaciones a su estado anterior al desastre sin cambios significativos en su tamaño o capacidad Las reparaciones de emergencia son necesarias "solo para controlar o detener los efectos de un desastre público declarado a nivel estatal o federal o de amenazas inminentes a la seguridad pública, incluidas las que resulten del deterioro físico". ¿QUÉ TIPO DE REPARACIONES SE CONSIDERAN DE EMERGENCIA? Las reparaciones de emergencia son las que no alteran las condiciones ambientales de la propiedad, por ejemplo mediante la reconstrucción o reparaciones importantes, y se limitan a las reparaciones necesarias para prevenir amenazas inminentes a la seguridad, como las que resultan del deterioro físico de la estructura después de un desastre. Algunos ejemplos pueden ser el reemplazo de un sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC), la reparación de daños en el techo y la reparación del suelo con riesgo de colapso. Si desea solicitar la aprobación del programa de una reparación de emergencia, por favor complete el Formulario de solicitud de reparación de emergencia disponible en el sitio web de ReBuild NC. ME NOTIFICARON QUE ME QUITARON DE FORMA INVOLUNTARIA DEL PROGRAMA. ¿CUÁLES SON LOS PASOS SIGUIENTES? Si se retiró su solicitud del programa de manera involuntaria, los registros del programa indican que no se presentaron todos los documentos requeridos. El programa le proporcionó una carta preliminar acerca del no cumplimiento de los requisitos que detalla toda la documentación requerida para continuar con el procesamiento de su solicitud. Para reingresar al programa, se debe presentar toda la documentación requerida detallada dentro de esa carta dentro de los 30 días. A los 30 días siguientes a la fecha de la carta preliminar acerca del no cumplimiento de los requisitos, el programa intentará comunicarse con usted por teléfono. Si no se comunica con el programa dentro de los treinta (30) días de la fecha de esta correspondencia, el programa le enviará una carta confirmando que su solicitud se ha pasado al estado de retiro. RETIRÉ MI SOLICITUD DEL PROGRAMA. ¿PUEDO RESTABLECER MI SOLICITUD? Los solicitantes pueden elegir retirar su solicitud del programa y recibirán una confirmación por escrito cuando lo hagan. Si elige restablecer su solicitud al programa, siente que recibió correspondencia acerca de su retiro del programa por error o tiene más preguntas, por favor comuníquese con su Administrador de caso de ReBuild NC o llame al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) para hablar con un representante del programa lo más pronto posible. ELEGIBILIDAD ¿SOY ELEGIBLE? Los criterios de elegibilidad para el Programa de Recuperación para Propietarios incluyen: Su casa debe haberse dañado como resultado directo del huracán Matthew y/o el huracán Florence. Debe haber sido propietario de la casa dañada al momento del desastre (el huracán Matthew del 8 de octubre de 2016 y/o el huracán Florence del 14 de septiembre de 2018), y debe seguir siendo propietario de la casa. Debe haber ocupado la casa dañada como residencia principal al momento del desastre. Debe estar viviendo legalmente en los Estados Unidos. Los individuos a los que se les prohíbe recibir beneficios públicos federales de la Ley de Responsabilidad Personal y Oportunidad de Trabajo no pueden recibir asistencia de ReBuild NC. El total de los ingresos de su hogar debe ser igual o inferior al 150 por ciento del límite del Ingreso medio del área (AMI). La casa dañada debe ser un tipo de estructura elegible y estar ubicada en un condado declarado zona de desastre. Para más información sobre estos y otros criterios de elegibilidad, por favor vea el Manual del Programa de Recuperación para Propietarios, disponible en el sitio web de ReBuild NC. VENDÍ MI CASA, ¿AÚN SOY ELEGIBLE PARA LA ASISTENCIA? No, para ser elegible para la asistencia de ReBuild NC, los propietarios deben seguir siendo dueños de propiedad dañada durante su participación en el Programa. Los solicitantes certifican al completar la solicitud que entienden que no deben transferir la propiedad dañada, o cualquier derecho sobre ella, ya sea de forma voluntaria o involuntaria, hasta que hayan completado todos los trabajos de reparación o reconstrucción a través del Programa y/o el Programa haya completado el cierre de la solicitud. ¿QUÉ TIPOS DE ESTRUCTURAS SON ELEGIBLES PARA RECIBIR ASISTENCIA? Los tipos de estructura elegibles incluyen casas unifamiliares, casas modulares, Unidades de vivienda prefabricadas (casas rodantes), dúplex, condominios/casas y cooperativas de vivienda. Los tipos de estructuras no elegibles incluyen segundas viviendas, casas embargadas, estructuras independientes (como un garaje o un cobertizo), propiedades situadas en un cauce de alivio (es decir, los terrenos designados federalmente para el vertido de aguas de inundación), propiedades situadas en zonas donde no se permite la asistencia federal y las estructuras que se utilizan exclusivamente para fines comerciales y que no son una residencia principal. Se puede encontrar más información sobre los tipos de estructura elegibles en el Manual del Programa de Recuperación para Propietarios, disponible aquí. VERIFICACIÓN DE BENEFICIOS ¿QUÉ ES LA DUPLICACIÓN DE BENEFICIOS (DOB)? La duplicación de beneficios (DOB) es la recepción de fondos de múltiples fuentes para el mismo propósito. La Ley Robert T. Stafford de Ayuda en Caso de Desastre y Asistencia de Emergencia (Ley Stafford) prohíbe que cualquier persona, empresa u otra entidad reciba asistencia financiera de los fondos de la Subvención Global para el Desarrollo de la Comunidad - Recuperación de Desastres (CDBG-DR) con respecto a cualquier parte de las pérdidas que resulten de un desastre importante para el que ya haya recibido asistencia financiera en el marco de cualquier otro programa o de un seguro o cualquier otra fuente. Se trata de un monto que determina el Programa que puede dar lugar a la reducción del valor de la adjudicación. RECIBÍ ASISTENCIA DESPUÉS DEL HURACÁN MATTHEW Y/O EL HURACÁN FLORENCE. ¿CÓMO AFECTARÁ ESTO A LA ASISTENCIA QUE PUEDO RECIBIR DE REBUILD NC? El hecho de recibir otros medios de asistencia, como la ayuda de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA), el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD), el Programa Nacional de Seguros contra Inundaciones (NFIP), el seguro privado contra inundaciones o cualquier otra fuente para la que se designen fondos para la rehabilitación o reconstrucción de su estructura no lo descalifica para recibir asistencia del Programa de Recuperación para Propietarios. Sin embargo, puede repercutir en el monto de fondos para el que usted puede calificar. Para más información, por favor vea las preguntas frecuentes de "¿Qué es la duplicación de beneficios (DOB)?" RECIBÍ UN PRÉSTAMO DE LA SBA. ¿CÓMO AFECTARÁ ESTO A LA AYUDA QUE PUEDO RECIBIR DE REBUILD NC? Si solicitó y recibió un préstamo de la Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA) para reparaciones en su casa después del huracán Matthew y/o el huracán Florence, solo el monto del préstamo recibido se considerará una duplicación de beneficios (DOB). Si rechazó o canceló la totalidad o una parte del préstamo para el que fue aprobado, ese monto no se tendrá en cuenta en el cálculo de la adjudicación y se le solicitará que complete una declaración jurada de préstamo subsidiado antes de recibir la asistencia del programa. SI RETIRO MÁS DINERO DE MI PRÉSTAMO ACTIVO DE LA SBA, ¿CÓMO AFECTARÁ ESO A LA ASISTENCIA QUE PUEDO RECIBIR DE REBUILD NC? Debe firmar y completar la Declaración jurada de préstamo subsidiado del Programa (disponible en el sitio web de ReBuild NC) indicando que no aceptará más fondos de su préstamo disponible sin la aprobación de ReBuild NC. Se enviará una copia de la declaración jurada a la SBA. Si decide aceptar más fondos del préstamo, el Programa considerará ese monto como una duplicación de beneficios (DOB) adicional y ajustará el cálculo de su adjudicación en consecuencia. Para más información sobre la duplicación de beneficios (DOB), por favor vea las preguntas frecuentes de "¿Qué es la duplicación de beneficios (DOB)?". TENÍA UN SEGURO CONTRA INUNDACIONES. ¿PUEDO RECIBIR LA ASISTENCIA DE REBUILD NC IGUAL? Si tenía una póliza de seguro contra inundaciones en vigor al momento del desastre y recibió fondos del seguro contra inundaciones, esto no lo hace inelegible para recibir asistencia, aunque puede afectar el monto de fondos que recibe. Para más información, por favor vea las preguntas frecuentes de "¿Qué es la duplicación de beneficios (DOB)?". NO TENÍA UN SEGURO CONTRA INUNDACIONES. ¿PUEDO RECIBIR LA ASISTENCIA DE REBUILD NC IGUAL? Si fue afectado por el huracán Florence, su propiedad dañada está ubicada dentro de la llanura aluvial de 100 años, no tenía seguro contra inundaciones al momento del desastre y su ingreso familiar total es igual o superior al 120 por ciento del Ingreso medio del área (AMI), no puede recibir asistencia del Programa de Recuperación para Propietarios en este momento. Sin embargo, aunque no crea que será elegible, se le recomienda encarecidamente que presente una solicitud, ya que los parámetros del programa pueden cambiar en el futuro. Si no vivía en una llanura aluvial de 100 años y no se le exigió que mantuviera un seguro contra inundaciones debido a que recibió anteriormente asistencia federal por desastres, no hay ningún requisito de elegibilidad del programa relacionado con el mantenimiento del seguro contra inundaciones. Si no está seguro de si la propiedad dañada se encuentra en una llanura aluvial de 100 años, también llamada Área especial con riesgo de inundación (SFHA), por favor visite el Centro de Servicio de Mapas de Inundación de la FEMA en https://msc.fema.gov/portal/home. . ANTERIORMENTE RECIBÍ ASISTENCIA FEDERAL DESPUÉS DE UN DESASTRE Y SE ME EXIGIÓ QUE MANTUVIERA UN SEGURO CONTRA INUNDACIONES, ¿PUEDO RECIBIR LA ASISTENCIA DE REBUILD NC IGUAL? Si su propiedad dañada recibió asistencia federal después de un desastre anterior, por ejemplo, la Asistencia Individual de FEMA después de un huracán, y se le exigió que mantuviera un seguro contra inundaciones, debe haber mantenido un seguro contra inundaciones continuo desde ese momento para seguir siendo elegible para recibir asistencia federal adicional, como una adjudicación de ReBuild NC. ¿POR QUÉ TENGO QUE COMPLETAR EL CERTIFICADO DE DECLARACIÓN DEL SEGURO? La ley federal le exige al programa que verifique la cantidad de ayuda que un solicitante recibió previamente en concepto de reparación de la casa luego del desastre por el cual alega daños. El programa usa el certificado de declaración del seguro para recolectar información acerca de toda ayuda recibida con anterioridad. Luego toma en cuenta la cantidad de ayuda recibida al calcular su suma total adjudicada. Para más información, por favor mire «¿Qué es una DOB?» en preguntas frecuentes. INSPECCIONES ¿POR QUÉ MI CASA TIENE QUE SER INSPECCIONADA? El Programa utiliza las inspecciones para una variedad de propósitos, incluyendo la identificación de los daños causados por la tormenta, las reparaciones completadas y las necesidades de reparación pendientes. Sin inspecciones completas, el Programa no puede calcular su adjudicación, y no podrá avanzar en el Programa. ¿QUÉ ES UNA INSPECCIÓN DE DAÑOS? Durante la inspección de daños, un representante del programa realizará una inspección detallada del interior y el exterior de su casa para determinar el trabajo que queda por hacer, así como las reparaciones que ya se han realizado. Todas las reparaciones completadas previamente se documentarán en la Verificación de reparación de daños (DRV). Como parte de la inspección de daños, el inspector determinará si es necesaria una inspección estructural adicional. En el caso de las propiedades ubicadas en un Área especial con riesgo de inundación (SFHA), el inspector también evaluará la elevación de la propiedad y si la estructura está elevada apropiadamente, a por lo menos dos pies por encima de la Elevación para inundaciones base (BFE) y/o la marca de agua más alta, la que sea más alta. El inspector de daños también creará un informe detallado de todos los artículos de reparación restantes, llamado Costo estimado de reparaciones (ECR). El ECR se basa en materiales económicos o de grado estándar. Tanto la DRV como el ECR se le proporcionarán en el momento de la determinación de la adjudicación. ¿QUÉ ES UNA EVALUACIÓN DEL RIESGO DE PINTURA A BASE DE PLOMO? Todas las casas construidas antes de 1978 están obligadas por el gobierno federal a recibir una evaluación del riesgo de pintura a base de plomo. El inspector de pintura a base de plomo del programa analizará su pintura, tomará muestras de la tierra en el exterior y del polvo en los pisos y alféizares de las ventanas en el interior. El asesor tendrá que inspeccionar tanto el interior como el exterior de la casa. ¿QUÉ ES UNA INSPECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN CON ASBESTO? Todos los hogares deben recibir una inspección de construcción con asbesto, que es un requisito de la ley federal para garantizar que las propiedades dañadas estén libres de materiales peligrosos que contengan asbesto y que puedan afectar la salud de los ocupantes del hogar. Durante la inspección de la construcción con asbesto, el inspector de asbesto del Programa inspeccionará la propiedad dañada y tomará muestras para determinar si hay materiales peligrosos presentes, así como determinar las necesidades para su eliminación. ¿QUÉ ES UNA REVISIÓN AMBIENTAL? Una revisión ambiental es el proceso de revisión de un proyecto de construcción para garantizar que no tenga efectos adversos en el medio ambiente o el patrimonio cultural, asegurando al mismo tiempo que no se produzcan efectos ambientales adversos en el proyecto. Este proceso de revisión asegura que el proyecto de construcción cumpla con las leyes, estatutos y órdenes ejecutivas federales de preservación ambiental e histórica. Como parte de esta revisión, se realiza una inspección ambiental del sitio. Se hará una cita para la inspección. Aunque el inspector ambiental tendrá que acceder a la propiedad, por lo general no tendrá que entrar a su casa a menos que se solicite específicamente el acceso estructural cuando se haga la cita. ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE ELEVACIÓN Y POR QUÉ LO NECESITO? Los certificados de elevación se pueden obtener de su municipalidad local y el programa los usa para comprender la elevación de su casa en relación con la Elevación para inundaciones base (BFE). En caso de no poder obtener un certificado de elevación por parte de su municipalidad local, un inspector podrá salir y examinar la casa para confeccionar uno. Por ley federal, todas las estructuras residenciales ubicadas en un Área especial con riesgo de inundación (SFHA) que reciban asistencia federal para la nueva construcción, reparación de daños cuantiosos o mejoras importantes, deben elevarse desde el piso más bajo, incluido el sótano, al menos dos pies por encima del 1 por ciento de la elevación anual para terrenos inundables (debidamente, hasta al menos dos pies por encima de la Elevación para inundaciones base (BFE) y/o la marca de agua más alta, la que sea más alta). ¿DE QUÉ MANERA REBUILD NC GARANTIZA LA SEGURIDAD DE LOS PROPIETARIOS DURANTE LAS INSPECCIONES DEL PROGRAMA EN MEDIO DEL COVID-19? Durante el COVID-19 el programa toma medidas de seguridad para ayudar a garantizar la salud y seguridad de los solicitantes, miembros del hogar y personal del programa. Supervisamos de cerca a los inspectores del programa y tomamos las medidas necesarias para evitar la propagación potencial del virus, llevando a cabo testeos de forma regular, tomando la temperatura diariamente, incentivando un lavado de manos meticuloso y frecuente, y pidiéndole al personal que informen si experimentan cualquier síntoma o si sospechan que pudieron haber estado expuestos al COVID-19. Una vez que se encuentran en el sitio de su propiedad dañada, se les exige a los inspectores usar mascarilla, guantes y mantener distancia física de al menos 6 pies tanto adentro como afuera. Le pedimos que por favor nos ayude a llevar a cabo la inspección sin contacto minimizando el número de personas adentro de su casa durante la inspección, de ser posible, y de otro modo haciendo lo que pueda para garantizar que podamos mantener una distancia de al menos 6 pies con el inspector. También le pedimos que usted, y toda persona presente durante la inspección, use mascarilla, en particular cuando esté cerca del inspector. Si usted o cualquier miembro del hogar sospecha que puede haber estado expuesto al COVID-19, por favor notifique al programa lo más pronto posible antes de la inspección. Con gusto reprogramaremos la inspección luego de un período de 14 días. La Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR) sigue evaluando los esfuerzos generales para garantizar que la salud y la seguridad de todas las personas atendidas por el programa siga siendo una prioridad máxima. Por favor, no dude en llamar al 833-ASK-RBNC (833-275-7262) si tiene preguntas acerca de las medidas de seguridad del programa durante el COVID-19. ASISTENCIA DISPONIBLE ¿QUÉ TIPOS DE ASISTENCIA ESTÁN DISPONIBLES? Reparación de casa construida con estructura de madera Se dispone de fondos para las casas construidas con estructura de madera, para su rehabilitación, remediación medioambiental (pintura a base de plomo o asbesto) y para abordar los requisitos de accesibilidad y órdenes de cambio, de ser necesario. Las casas modulares se procesarán como estructuras construidas en madera en el programa. Reembolso Está disponible el reembolso para los solicitantes de Fase 1 (solicitudes presentadas entre noviembre de 2017 y junio de 2019) con un ingreso familiar total igual o inferior al 120 por ciento del Ingreso medio del área (AMI), y para los solicitantes de Fase 2 (solicitudes presentadas en junio 2020 hasta la actualidad) con un AMI total del 80 por ciento o inferior. En el caso de los solicitantes afectados por el huracán Matthew, estas reparaciones deben haberse realizado antes de presentar una solicitud o el 14 de septiembre de 2018, lo que suceda primero. En el caso de los solicitantes afectados por el huracán Florence, estas reparaciones deben haberse realizado antes de presentar una solicitud o el 14 de septiembre de 2020, lo que suceda primero. Reconstrucción de casa construida con estructura de madera Se dispone de fondos para la reconstrucción de hogares unifamiliares, si se considera que la casa no puede rehabilitarse. La suma final adjudicada está basada en las ofertas reales para construir planos elegibles y aprobados por el programa. Las casas modulares se procesarán como estructuras construidas en madera en el programa. Reparación de casa rodante/unidad de vivienda prefabricada (MHU) Se dispone de fondos para reparaciones de casas rodantes de un ambiente y reparaciones de casas rodantes de dos ambientes o más grandes. El valor de las reparaciones será determinado por la evaluación de daños del programa y cualquier valor de reparación por encima de los límites de reparación exigidos por el programa, basados en el tipo de casa rodante, debe reemplazarse en lugar de repararse. Reemplazo de unidad de vivienda prefabricada (MHU) Se dispone de fondos para el reemplazo de unidades de vivienda prefabricadas. La suma se basa en las ofertas reales para reemplazar la unidad de vivienda prefabricada por una de un ambiente, de dos ambientes, de un ambiente que cumpla con la ADA y de dos ambientes que cumpla con la ADA. Asistencia para elevación Se dispone de fondos para asistir en las necesidades de elevación. La asistencia para elevación puede ser necesaria para hogares unifamiliares o casas rodantes ubicadas en una llanura aluvial, o disponible para las casas unifamiliares o las casas rodantes elegibles como una adjudicación de elevación opcional. Por favor, tenga en cuenta que la elevación no está disponible para proyectos de reparación; si elige elevar su casa o si el programa se lo exige, el programa demolerá y reconstruirá su casa a la elevación correcta. Asistencia para reubicación temporal (TRA) Para las familias que no pueden ocupar su casa dañada debido a la construcción relacionada con el programa o a la remediación medioambiental durante la fase de construcción del programa (Paso 7), se podrá disponer de fondos para los gastos de mudanza, almacenamiento y/o alojamiento para los solicitantes que cumplan con los requerimientos de elegibilidad del programa y la TRA. La TRA se le puede proporcionar a los propietarios con ingresos familiares iguales o inferiores al 120 por ciento del Ingreso medio del área (AMI) y si el programa requiere la mudanza para que comience la construcción. Los propietarios que no son elegibles para recibir TRA pero a quienes se les solicita mudarse antes de que comience la construcción deben cubrir todos los gastos temporales de reubicación. Asistencia del seguro contra inundaciones (FIA) Se podrán suministrar fondos para primas del seguro contra inundaciones durante el Paso 8 a los propietarios con un ingreso familiar igual o inferior al 80 por ciento del Ingreso medio del área (AMI) y con una vivienda ubicada dentro de la llanura aluvial de 100 años. EL CONTENIDO DE MI CASA SE DAÑÓ. ¿PUEDE EL PROGRAMA AYUDAR CON ESTOS GASTOS? No, el Programa de Recuperación para Propietarios está financiado con dólares federales destinados a asistir a los propietarios con la estructura de su casa, no con el contenido. ¿EL PROGRAMA HOPE ES PARTE DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PARA PROPIETARIOS? El Programa de Oportunidades de Vivienda y Prevención de Desalojos (HOPE, por sus siglas en inglés), que ofrece asistencia de alquileres y servicios públicos, NO es parte del Programa de Recuperación para Propietarios de ReBuild NC. Se les recomienda a los solicitantes del Programa HOPE, que buscan información acerca del mismo, que visiten www.hope.nc.gov. DETERMINACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN ¿CÓMO SE CALCULAN LAS ADJUDICACIONES? Durante la inspección de los daños, un representante del programa realizará una inspección detallada de su casa para determinar un monto en dólares (basado en materiales económicos o de grado estándar) para el trabajo ya realizado en su casa y el trabajo que queda por hacer. El Programa también revisará cualquier asistencia para desastres que haya recibido de otras fuentes, como la FEMA, la SBA o el seguro. Dado que la ley federal exige que se contabilicen otros beneficios al calcular la adjudicación, el monto de la asistencia de otro tipo que se reciba para el desastre pertinente se restará del monto en dólares determinado mediante la evaluación de daños. Estos montos se considerarán en relación con los montos máximos posibles de adjudicación del programa. ¿CUÁNDO DEBERÍA RECIBIR LA ASISTENCIA DEL PROGRAMA? Una vez que haya presentado una solicitud completa, así como toda la documentación y formularios de respaldo requeridos, el Programa comenzará una revisión exhaustiva de su solicitud. El Programa revisará su solicitud con respecto a todos los criterios de elegibilidad. Si se cumplen los criterios, el Programa calculará entonces cualquier asistencia por desastre que haya recibido de otras fuentes, como la FEMA, la SBA y seguros, y se pondrá en contacto con usted para programar las inspecciones necesarias de su casa dañada. Las inspecciones incluirán una revisión ambiental, una inspección de daños, una inspección de construcción con asbesto, y para las casas construidas antes de 1978, una evaluación de pintura a base de plomo. Una vez que el Programa termine de revisar su solicitud, así como todas las inspecciones, se determinará el monto de su adjudicación y estará disponible para que usted lo revise. Una vez que revise su carta de adjudicación, podrá aceptar la adjudicación, presentar una apelación, solicitar una consulta de adjudicación o retirarse del Programa. En el sitio web de ReBuild NC encontrará un resumen del proceso de 8 pasos. SOY ELEGIBLE PARA UNA ADJUDICACIÓN DE REEMBOLSO. ¿AÚN TENGO QUE COMPLETAR LAS REPARACIONES RESTANTES? Sí, si usted recibió un reembolso y una adjudicación de reparación, debe estar de acuerdo en permitir que el Programa complete las reparaciones restantes de su casa para poder aceptar el monto del reembolso. ¿POR QUÉ MI ESTIMACIÓN DE VERIFICACIÓN DE REPARACIÓN DE DAÑOS (DRV) ES MENOR QUE EL MONTO QUE GASTÉ PARA REPARAR MI CASA? La DRV se basa en una inspección detallada de las reparaciones completadas y utiliza precios económicos o de grado estándar para cada artículo de reparación. Aunque el Programa reconoce que los propietarios quizás no hayan reparado su casa con materiales económicos o de grado estándar, el propósito de los fondos federales asignados a ReBuild NC es asegurar que los propietarios puedan volver a una casa segura, totalmente reparada o reconstruida. Como tal, los fondos de reembolso están destinados a cubrir el costo de las reparaciones necesarias en lugar de compensar a los propietarios por la totalidad de sus pérdidas tras el huracán Matthew y/o el huracán Florence. Al utilizar materiales económicos de grado estándar, el Programa también asegura que los propietarios elegibles reciban los mismos fondos para los mismos artículos de reparación y que la financiación disponible pueda ayudar a la mayor cantidad de solicitantes. RECIBÍ UNA CARTA DEL PROGRAMA CON RESPECTO A MI ELEGIBILIDAD O MONTO DE LA ADJUDICACIÓN, Y ME GUSTARÍA APELAR LA DECISIÓN. ¿CÓMO PRESENTO UNA APELACIÓN AL PROGRAMA? Si desea apelar la determinación del Programa con respecto a su elegibilidad o monto de adjudicación, por favor utilice el Formulario de solicitud de apelación disponible en el sitio web de ReBuild NC, que puede presentarse por correo postal, correo electrónico o en un Centro de ReBuild NC. Tenga en cuenta que las apelaciones deben presentarse por escrito en un plazo de treinta (30) días calendario a partir de la fecha de la carta de determinación de elegibilidad o adjudicación. Si se necesita una prórroga para presentar una apelación, por favor llame a su Administrador de caso o al 833-ASK-RBNC para solicitar una prórroga. SI RECIBO UNA ADJUDICACIÓN DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PARA PROPIETARIOS, ¿TENDRÉ QUE DEVOLVER EL DINERO? No, el Programa de Recuperación para Propietarios proporciona fondos en forma de subvención, que no tienen que devolverse a menos que usted viole cualquiera de las Certificaciones del solicitante incluidas en la solicitud o los términos de su acuerdo de subvención, que es un documento legal vinculante entre los solicitantes y la Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR). Las actividades que darán lugar a la devolución de fondos al Programa incluyen, entre otras, las siguientes: retirarse del Programa mientras se está llevando a cabo la construcción; recibir un cheque de reembolso pero negarse a completar las reparaciones restantes; y recibir asistencia adicional en caso de desastre que se considera una duplicación de beneficios (DOB). ¿POR QUÉ TENGO LA OPCIÓN DE ELEVAR? El programa ofrece elevación opcional para solicitantes elegibles cuya propiedad dañada esté fuera de la llanura aluvial de 100 años, haya recibido por lo menos 6 pulgadas de crecidas por el huracán Matthew y/o el huracán Florence, y se considere sustancialmente dañada o que se vería sustancialmente mejorada. Esta opción es una medida preventiva contra toda inundación futura. Si elige la asistencia para elevación opcional, su casa será reconstruida o reemplazada y elevada a la elevación máxima de, o bien dos (2) pies por sobre la Elevación para inundaciones base (BFE), o al menos dos (2) pies sobre el nivel de agua más alto que afecte la casa y que pueda documentarse. ACEPTÉ LA ELEVACIÓN OPCIONAL Y AHORA SOY ELEGIBLE PARA LA ASISTENCIA PARA LA RECONSTRUCCIÓN O REEMPLAZO. ¿POR QUÉ MI ADJUDICACIÓN PASÓ DE REHABILITACIÓN A RECONSTRUCCIÓN/REEMPLAZO? Si un propietario que se calculaba que iba a recibir originalmente una adjudicación para rehabilitación acepta su elevación opcional, su adjudicación se cambia automáticamente a una adjudicación para reconstrucción (construida con estructura de madera/modular) o reemplazo (MHU). Esto es así porque la casa actual debe demolerse para construir una nueva casa elevada a la elevación máxima de, o bien dos (2) pies por sobre la Elevación para inundaciones base (BFE), o al menos dos (2) pies sobre el nivel de agua más alto que afecte la casa y que pueda documentarse. SOY ELEGIBLE PARA UNA RECONSTRUCCIÓN. ¿PUEDO ELEGIR MIS NUEVOS PLANOS? Sí, puede elegir entre varios planos que incluyen opciones de dos, tres, cuatro y cinco dormitorios. Para más información sobre diseños específicos de planos, haga clic aquí para ver una lista completa. Tenga en cuenta que todos los planos se encuentran en el sitio web de ReBuild NC, los cuales podrán incluir opciones que no son elegibles según la composición de su familia y los estándares de ocupación del Departamento de Viviendas y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés). Una vez seleccionado, tenga en cuenta que la selección de su plano está sujeta a cambios debido a los requerimientos del código de edificación según jurisdicción local o a la imposibilidad de reconstruir el plano seleccionado en el lugar; el programa se debe adecuar a los requerimientos del código de edificación y modificará los planos para cumplir con lo que se necesite. SOY ELEGIBLE PARA EL REEMPLAZO DE UNA CASA RODANTE. ¿PUEDO ELEGIR MI NUEVO PLANO? Sí, durante el Paso 6 el programa le ofrecerá varias opciones de planos entre los cuales hacer la selección. Por favor, tenga en cuenta que el plano/s para el que es elegible está determinado por la composición de su familia y los estándares de ocupación del Departamento de Viviendas y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD). ¿POR QUÉ EL PROGRAMA PREGUNTA ACERCA DE LA COMPOSICIÓN DE MI FAMILIA EN EL PASO 5? El programa debe verificar si ocurrió algún cambio en la composición de su familia antes de calcular una adjudicación para garantizar que la suma adjudicada esté calculada de manera correcta. El número de miembros de la familia se usa para calcular la suma de su adjudicación y, de haber cambios desde que completó la solicitud, pueden surgir ajustes en los elementos de su acuerdo de subvención, tal como el plano para el cual es elegible si su casa será reconstruida o reemplazada, y/o la asistencia para la reubicación temporal. El programa también mira el total de ingresos familiares para garantizar que la adjudicación sea coherente con las pautas del programa. ¿CÓMO PUEDO PRESENTAR MI CHEQUE DE FIDEICOMISO? Las únicas formas de pago en fideicomiso que se aceptan son el cheque de caja o el giro postal y deben ser a la orden de NCORR. El pago debe enviarse por correo postal a NCORR, PO Box 110465, Durham, NC 27709. ¿POR QUÉ TENGO UN SALDO EN FIDEICOMISO? Usted recibió asistencia adicional de otras fuentes, tales como la FEMA, la SBA, Seguro para propietarios, etc. y la suma que recibió es mayor de lo que reveló la inspección de la verificación de reparación de daños (DRV), lo que se considera como una duplicación de beneficios (DOB). Este exceso en la DOB también se conoce como saldo en fideicomiso. Antes de que el programa pueda continuar con la asistencia, tendrá que suministrarle al mismo el exceso de DOB/en fideicomiso para seguir con la reparación, la reconstrucción o el reemplazo de su casa administrados por el programa. ¿POR QUÉ DEBO PROPORCIONAR UNA PRUEBA DE SEGURO CONTRA INUNDACIONES? Si su propiedad está ubicada dentro de un Área especial con riesgo de inundación (SFHA), debe proporcionarse al programa una prueba de seguro contra inundaciones. La Ley de Protección de Desastres por Inundaciones, de 1973, requiere que las casas que reciban asistencia federal y estén ubicadas en una SFHA estén cubiertas por un seguro contra inundaciones bajo el Programa Nacional de Seguro contra Inundaciones (NFIP). El incumplimiento de mantener un seguro contra inundaciones sobre la propiedad tendrá como resultado que la propiedad dañada sea descalificada para recibir cualquier asistencia federal futura para la recuperación de desastres. ¿POR QUÉ NECESITO APROBACIÓN DE MI ACREEDOR PRENDARIO PARA RECONSTRUIR O REEMPLAZAR MI CASA? El programa debe tener permiso de su acreedor prendario antes de continuar con la demolición y la reconstrucción o el reemplazo de una casa dañada. Esto es necesario dado que el acreedor prendario tiene derechos sobre la propiedad y debe ser notificado acerca de todos los cambios y la transferencia de garantías, de ser necesario. La prenda continuará tal como está durante todo el proceso y no se agregarán fondos adicionales. Si tiene una casa rodante reemplazada por el programa, la prenda aplicará a la casa rodante de reemplazo. ¿QUÉ ES LA FIRMA DE LA SUBVENCIÓN? Durante la firma de la subvención, el propietario firmará su Acuerdo de Subvención para Propietarios, que describe la subvención para la cual es elegible. El Acuerdo de Subvención para Propietarios describe los requerimientos y procedimientos del programa e incluye todos los documentos que el solicitante debe conocer antes de la emisión de cualquier fondo de subvención o el comienzo de las actividades de construcción. Una vez que se ejecuta por completo el Acuerdo de Subvención para Propietarios, el programa comenzará el proceso del Paso 6 de selección de contratistas. APELACIONES ¿CÓMO PRESENTO UNA APELACIÓN? Se debe presentar una apelación por escrito ante el Departamento de Apelaciones dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la carta de determinación de elegibilidad o adjudicación del programa, utilizando el Formulario de solicitud de apelación de ReBuild NC. Puede presentar su apelación por correo de EE. UU. a la dirección que se encuentra debajo, enviar un correo electrónico (appeals@rebuild.nc.gov), o llevarla al Centro de ReBuild NC más cercano. (Nota: Durante el COVID-19, los Centros de ReBuild NC están cerrados al público, pero se pueden programar citas en la acera para entregar o retirar documentación relacionada con el programa llamando al 833-ASK-RBNC (833-275-7262)). Equipo de apelaciones de ReBuild NC Para: Programa de Recuperación para Propietarios Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte PO Box 110465 Durham, North Carolina 27709 ¿QUÉ PUEDO APELAR? Puede presentar una apelación por escrito relacionada con cualquier determinación escrita realizada por el programa que afecte su elegibilidad o monto de asistencia. No se tendrá en cuenta la apelación si apela una norma federal o política subyacente del programa, o si lo hace luego de firmar el Acuerdo de Subvención para Propietarios. ¿QUÉ TENGO QUE PRESENTAR PARA INTERPONER UNA APELACIÓN? Para que la apelación se considere válida, debe suministrar lo siguiente: un formulario de solicitud de apelación firmado, una declaración por escrito detallando lo que está apelando y las bases de la apelación, y documentación adicional en sustento de la misma. Un representante del programa lo contactará si se necesita documentación adicional para procesar la apelación. ¿HAY UNA FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR UNA APELACIÓN? Se debe presentar una apelación por escrito ante el Departamento de Apelaciones dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la carta de determinación de elegibilidad o adjudicación del programa. SI CAMBIO DE OPINIÓN, ¿PUEDO RETIRAR MI APELACIÓN? Sí, puede retirar su solicitud de apelación de manera voluntaria en cualquier momento antes de que se envíe la determinación final acerca de la apelación. Si elige retirar su apelación, el estado de la adjudicación o la elegibilidad de su solicitud seguirá igual. Se le pedirá que presente una carta firmada ante el Departamento de Apelaciones afirmando que le gustaría retirar su apelación. Para presentar su carta firmada solicitando el retiro de la apelación, podrá llevarla a un Centro de ReBuild NC a través de una cita en la acera, enviarla por correo electrónico a su Administrador de caso, enviarla por correo electrónico a appeals@rebuild.nc.gov o por correo postal al programa, a la siguiente dirección: Equipo de apelaciones de ReBuild NC Para: Programa de Recuperación para Propietarios Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte PO Box 110465 Durham, North Carolina 27709 ¿QUÉ PASA SI NO ESTOY DE ACUERDO CON LA DECISIÓN DEL PROGRAMA CON RESPECTO A LA APELACIÓN? Si no está satisfecho con la determinación de la apelación de Nivel I, puede apelar la decisión del Comité de Apelaciones de Nivel I ante NCORR dentro de los treinta (30) días desde la fecha de la carta de determinación de apelaciones de Nivel I. Esto iniciará una revisión y determinación de apelaciones de Nivel II. Todas las determinaciones de apelaciones de Nivel II las realiza el Comité de Apelaciones de Nivel II establecido por NCORR y las decisiones tomadas son inapelables. NO TENGO RECIBOS DEL TRABAJO TERMINADO. ¿QUÉ OTRA COSA PUEDO PRESENTAR? Si no tiene los recibos de las reparaciones hechas en su casa, usted y su contratista podrán en su lugar completar el certificado del contratista, un formulario que le permite certificar que el trabajo de reparación está completo. Para recibir una copia del certificado del contratista, por favor solicítela a su Administrador de caso o envíe un correo electrónico a appeals@rebuild.nc.gov. La documentación de respaldo también se debe presentar con este formulario y podrá incluir una copia de un contrato firmado, un informe del alcance del trabajo, factura/s paga/s, recibos o pruebas relacionadas con el trabajo finalizado. Los informes del alcance del trabajo y los presupuestos también deben incluir prueba de pago. ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DEL CONTRATISTA Y POR QUÉ LO NECESITO? Para evaluar una solicitud de apelación, el programa debe verificar todas las reparaciones finalizadas en la propiedad dañada a causa de los huracanes Florence o Matthew. Si el programa no recibió suficiente documentación para verificar las reparaciones finalizadas en su casa, el certificado del contratista y la documentación de respaldo pueden servir como prueba adicional de las reparaciones finalizadas en la estructura dañada. El certificado del contratista deben completarlo usted y su contratista y devolverlo al programa, junto con toda la documentación de respaldo, inclusive todas las copias de contratos firmados, informes del alcance del trabajo, facturas pagas, recibos y toda otra prueba de que las reparaciones se completaron. ¿QUÉ PASA SI NO PUEDO LOCALIZAR A MI CONTRATISTA? Si no puede localizar a su contratista, por favor suministre esta información en su solicitud de apelación e incluya el nombre del contratista, el nombre de la empresa y toda información de contacto que haya usado previamente para comunicarse con el contratista. La documentación de respaldo también se debe suministrar al programa, tales como las copias de los contratos firmados, los informes del alcance del trabajo, facturas pagas, recibos y todo otro elemento relacionado que el programa pueda usar para completar la revisión de su apelación. SOLO TENGO RECIBOS POR PAGO EN EFECTIVO, ¿EL PROGRAMA LOS ACEPTA? El programa podrá aceptar recibos por pago en efectivo como parte de la documentación de respaldo del solicitante si están desglosados, es decir, los recibos detallan elementos específicos comprados para completar las reparaciones en la propiedad dañada. Los recibos por pago en efectivo también deben tener fecha e incluir el nombre del solicitante u otra información de identificación. NECESITO UNA PRÓRROGA PARA PRESENTAR MI APELACIÓN. ¿CÓMO PUEDO SOLICITAR UNA? Para solicitar una prórroga para apelar, se debe presentar un formulario de solicitud de prórroga para apelar del solicitante dentro de los treinta (30) días calendario a partir de la fecha de su carta de determinación de elegibilidad o de adjudicación. Si ReBuild NC aprueba la solicitud de prórroga, usted tendrá hasta treinta (30) días calendario adicionales dentro de los cuales presentar un formulario de solicitud de apelación, apelando su determinación de elegibilidad o adjudicación. A su vez, su asesor legal podrá solicitar de manera formal la prórroga para apelar en su nombre. En este caso, su asesor legal podrá presentar un formulario de solicitud de prórroga para apelar del apoderado. Se le puede pedir tanto el formulario de solicitud de prórroga para apelar del solicitante como el del apoderado a su Administrador de caso. ¿CUÁNTAS PRÓRROGAS PARA APELAR PUEDO TENER? Puede solicitar una prórroga para presentar su apelación hasta dos (2) veces, durante un máximo de noventa (90) días calendario a partir de la fecha de su carta de determinación del programa. Si se rechaza su solicitud de prórroga, el equipo de apelaciones le enviará la decisión de prórroga para apelar explicando por qué su solicitud de prórroga fue rechazada. RECIBÍ LA DETERMINACIÓN DE MI APELACIÓN, ¿Y AHORA QUÉ? Luego de recibir la determinación de su apelación, la que indicará si su apelación fue aprobada o rechazada, el siguiente paso es completar la página de selecciones y confirmaciones junto con la determinación de su apelación y devolverla al programa. Su selección podrá incluir la aceptación de la determinación de la apelación, la programación de una consulta de apelación, el rechazo de la determinación de la apelación y el retiro de su solicitud del programa, o la presentación de una apelación de Nivel II ante la Oficina de Recuperación y Resiliencia de Carolina del Norte (NCORR). Se incluye información adicional acerca de todas estas opciones en la determinación de su apelación. ¿CUÁNTO TIEMPO TENGO QUE ESPERAR PARA RECIBIR MI NUEVA CARTA DE ADJUDICACIÓN? Si el programa aprueba su apelación, tendrá la opción de aceptar la determinación a través de la página de selecciones y confirmaciones incluida en la determinación de su apelación. A partir de allí, el programa comenzará a actualizar o crear su adjudicación basada en la determinación de la apelación. Dado que el período de tiempo desde que se completan estas actualizaciones y se le suministra una nueva carta de adjudicación puede variar dependiendo del contenido de su apelación, su Administrador de caso podrá explicar los próximos pasos e informarle las novedades a medida que surjan. CONSTRUCCIÓN ¿QUIÉN COMPLETARÁ LA CONSTRUCCIÓN DE MI CASA? El programa asignará un contratista general para completar la construcción de su casa o abrirá una licitación para el proyecto a través de una adquisición competitiva a una lista de contratistas generales precalificados. Usted no recibirá fondos directamente ni negociará de manera directa con el contratista general. El programa administra y completa el proceso de construcción en su nombre. ¿HAY UNA PERSONA ASIGNADA A MI CASO? Sí, el programa asignará un Enlace de construcción para actuar como su contacto principal durante el proceso de construcción. Luego de la presentación inicial, el Enlace se comunicará con los propietarios cada 15 días para verificar el progreso, responder a las preguntas o dudas del solicitante y garantizar que las actividades de construcción estén coordinadas de manera apropiada. ¿QUIÉN SELECCIONA AL CONTRATISTA GENERAL QUE REALIZARÁ LA CONSTRUCCIÓN DE MI CASA? El Programa asignará o adjudicará un contratista general para completar la construcción de su casa de acuerdo con los términos de su acuerdo de subvención. ¿EL PROGRAMA PROPORCIONA ASISTENCIA SI SE ME PIDE QUE ABANDONE MI CASA DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? Sí. Para disminuir las molestias de los propietarios afectados, NCORR ofrece asistencia para reubicación temporal (TRA) cuando las actividades de rehabilitación, elevación, reconstrucción, reemplazo o remediación medioambiental requieran que los propietarios se reubiquen de manera temporal. Para ser elegible para la TRA, se les debe solicitar a los propietarios que se reubiquen de manera temporal y deben tener un ingreso familiar igual o menor al 120 por ciento del ingreso medio del área (AMI). Se les notifica a los propietarios acerca de su elegibilidad para la TRA en su carta de adjudicación. Los propietarios que no sean elegibles para recibir TRA pero a quienes se les solicite mudarse antes de que comience la construcción deben cubrir todos los gastos temporales de reubicación. ¿QUÉ PASA LUEGO DE FIRMAR MI ACUERDO DE SUBVENCIÓN PARA REHABILITACIÓN, REEMPLAZO DE MHU O RECONSTRUCCIÓN? Una vez que firme el acuerdo de subvención, es decir, que acepte su adjudicación y celebre un acuerdo legalmente vinculante con el Programa, el Programa asignará o adjudicará un contratista general a su casa y le proporcionará al contratista general el Alcance del trabajo (SOW) de su casa y una Orden de proceder (NTP) con la construcción. Antes de comenzar cualquier trabajo de construcción, el gerente de construcción programará una reunión previa a la construcción (o "recorrido") con usted. El propósito de esta reunión es revisar todas las actividades de construcción que se llevarán a cabo. ¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA GENERAL DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? Los contratistas generales son responsables de las siguientes actividades, junto con otras que pueden incluirse en las políticas de construcción del Programa: Cumplir con los requisitos de seguro y fianza. Aportar toda la mano de obra, materiales, equipos y otros servicios necesarios para completar el alcance del trabajo en la casa del solicitante de acuerdo con las normas, la calidad y los requisitos del código de construcción del estado. Obtener todos los permisos e inspecciones requeridos por el departamento de construcción local. Coordinar las inspecciones de progreso con el gerente de construcción. Realizar la construcción según lo especificado de manera oportuna como se indica en el contrato de construcción y sujeto a la liquidación de daños y perjuicios como se indica en las políticas de construcción del Programa y en los contratos aplicables. Realizar todo el trabajo de acuerdo con los códigos locales de construcción, salud y seguridad, y la Norma de Viviendas sin Plomo (LSHR). Eliminación de todos los escombros de la construcción en un vertedero de residuos de construcción con licencia. Completar y presentar toda la documentación de cierre requerida al Programa. Asegurarse de que todos los materiales, el equipo suministrado, los sistemas completos y el trabajo realizado estén libres de defectos debidos a materiales o mano de obra defectuosa durante un período de un (1) año, dos (2) años para cualquier sistema principal (es decir, sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado, sistema séptico) y diez (10) años para obras estructurales. ¿CUÁLES SON MIS RESPONSABILIDADES DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? De acuerdo con su acuerdo de subvención, usted es responsable de las siguientes actividades durante la construcción: Reconocer el derecho del contratista a acceder a la propiedad y a la casa durante la construcción. Retirar todos los bienes personales, accesorios y aparatos según sea necesario para completar la construcción de manera oportuna. Acordar liberar al contratista de la responsabilidad por daños y perjuicios por disponer de cualquier propiedad personal, accesorios y aparatos que usted deje en las áreas sujetas a reparación y/o rehabilitación. Mantener el cumplimiento de los protocolos de seguridad del programa (que pueden incluir abstenerse de estar en la obra durante los períodos de trabajos de construcción, según lo determinado por el contratista general y el gerente de construcción). Notificar de los defectos detectados dentro de los sesenta (30) días de su descubrimiento. Dar permiso al contratista para asegurar las puertas, cambiar las cerraduras, dividir temporalmente las áreas y/o habitaciones de la casa, o limitar de otra manera el acceso en la casa para las áreas y/o habitaciones en construcción. Dar permiso al gerente de construcción, al contratista general y al inspector del programa para tomar fotos y/o videos de la construcción a medida que avanza. ¿CON QUIÉN ME COMUNICO SI TENGO UN PROBLEMA DURANTE LA CONSTRUCCIÓN? El Enlace de construcción asignado a su casa actuará como el contacto principal de los propietarios. Luego de su presentación inicial, el Enlace le brindará la información de contacto necesaria. Todas las preguntas, comentarios o dudas se pueden dirigir al Enlace y a la línea directa de atención a la construcción del programa: 984-833-5356 . LUEGO DE LA FIRMA DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN, ¿CUÁNDO COMENZARÁ LA CONSTRUCCIÓN EN MI CASA? Una vez que haya firmado su acuerdo de subvención, su legajo será revisado por el equipo de construcciones. Si es posible proceder con la construcción, se asignará un Enlace de construcción quien se comunicará con usted para recolectar información relativa a su proyecto de construcción. Luego de la comunicación inicial, el gerente de construcción asignará su casa a un contratista o licitará el trabajo. Una vez que se haya seleccionado el contratista, se programará un acto de firma para que usted revise el contrato de construcción con su contratista. Luego se emitirá una Orden de proceder (NTP), para permitir que el contratista comience el trabajo en su casa. ¿EL PROGRAMA CUMPLE CON LAS NORMAS DE CONSTRUCCIÓN ECOLÓGICA? Sí, las normas de construcción ecológica tienen por objeto garantizar que la construcción se lleve a cabo de una manera ambientalmente responsable y eficiente en cuanto a recursos. ReBuild NC ha adoptado el estándar del Sistema de clasificación de energía doméstica (HERS) para los proyectos que recibieron daños sustanciales o en los que se requiere una reconstrucción. Las casas que no recibieron daños sustanciales deben cumplir con la lista de verificación de Adaptación de construcciones ecológicas del área de Planeación y Desarrollo de la Comunidad (CPD) del HUD. En el sitio web de ReBuild NC encontrará información adicional acerca de la lista de verificación de Adaptación de construcciones ecológicas.. ¿CUANDO SE COMPLETARÁ LA CONSTRUCCIÓN DE MI CASA? Aunque el programa hace todo lo que esté a su alcance para completar las actividades de construcción y los reemplazos de casas rodantes de manera lo más eficiente posible, los contratistas de ReBuild NC han sufrido demoras para obtener materiales, y los fabricantes no han podido producir grandes volúmenes de MHU, debido al COVID-19. Estas circunstancias están desafortunadamente fuera del control del programa. Si tiene preguntas con respecto a la línea de tiempo de su construcción, por favor comuníquese con su Enlace de construcción o con la línea directa de atención a la construcción del programa al 984-833-5356. ¿RECIBIRÉ UNA GARANTÍA POR LAS REPARACIONES/RECONSTRUCCIONES REALIZADAS POR EL CONTRATISTA GENERAL DEL PROGRAMA? Sí, los contratistas generales del Programa son responsables de proporcionar una garantía de que todos los materiales, el equipo suministrado, los sistemas completos y el trabajo realizado estén libres de defectos debidos a materiales o mano de obra defectuosa durante un período de un (1) año, dos (2) años para cualquier sistema principal (es decir, sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado, sistema séptico) y diez (10) años para obras estructurales. ¿PUEDO ELEGIR MIS APARATOS DE REPUESTO Y/O LOS COLORES Y ACABADOS DE LA PINTURA? Después de firmar el acuerdo de subvención, el contratista general y el gerente de construcción del programa se reunirán con usted para proporcionarle información sobre el proceso de construcción. Esto incluirá la revisión de sus opciones de colores y acabados instalados como parte del proceso de reparación o reconstrucción. Tenga en cuenta que todas las reparaciones y reconstrucciones se llevarán a cabo utilizando materiales económicos/de grado estándar. VIVIENDAS PREFABRICADAS ¿Qué es una vivienda prefabricada? Una vivienda prefabricada sin armazón se construye por secciones en un entorno de fábrica controlado, y está diseñada y construida conforme a los códigos de edificación estatales o locales donde estará ubicada la vivienda. Además, incluye materiales sostenibles (como ventanas de alto impacto) que son adecuados para la recuperación a largo plazo y la resistencia futura. Las secciones construidas en la fábrica luego se transportan al sitio de la obra, donde se instalan sobre los cimientos y los contratistas generales terminan de construirlas. ¿Quiénes son elegibles para recibir una vivienda prefabricada del programa? Los solicitantes que reciban una subvención de Reconstrucción o de Reconstrucción con elevación y los solicitantes que reciban una subvención de Reemplazo de unidad de vivienda móvil (o MHU) o de Reemplazo de MHU con elevación que sean los propietarios del terreno donde está ubicada la MHU son elegibles para recibir una vivienda prefabricada. ¿Se construirá toda mi vivienda prefabricada en la fábrica? No, la vivienda prefabricada no se construye en su totalidad en la fábrica. Todavía faltará un segmento de la construcción que se llevará a cabo en el sitio de la vivienda, como la construcción de los cimientos, la instalación del recubrimiento exterior, el revestimiento para suelos, el trabajo eléctrico restante y la pintura interior. ¿Cómo selecciono el tipo de subvención de vivienda prefabricada? A las personas a quienes les concedan una subvención de Reemplazo de MHU o Reemplazo de MHU con elevación que sean las propietarias del terreno donde está ubicada la MHU se les enviará un aviso durante el “Paso 4: Inspecciones y evaluación medioambiental” para que “especifiquen su preferencia” por una vivienda prefabricada. Asimismo, esta selección se reflejará en el Formulario de selección de plano que se le proporcionó en el “Paso 5: Firma de las concesiones y las subvenciones”. En el mismo formulario, usted podrá seleccionar su plano de la lista de planos que están a su disposición. A las personas a quienes les concedan una subvención de Reconstrucción o de Reconstrucción con elevación se les avisará sobre el tipo de vivienda durante su consulta de subvención, esta se reflejará en su Contrato de subvención para propietarios y se volverá a hablar de ello durante la firma de la subvención. La vivienda fuera de obra usa los mismos materiales y planos que la del tipo de subvención de reconstrucción. A los solicitantes con viviendas construidas en el sitio de la obra que no deseen continuar con un tipo de vivienda fuera de obra se les recomendará retirarse del programa. Las opciones de planos se pueden consultar aquí. ¿Cuál es la ventaja para los solicitantes con viviendas construidas en el sitio de la obra si se cambian a una vivienda fuera de obra? Las viviendas fuera de obra pueden construirse más rápido y en un espacio donde se controlan las condiciones climáticas, lo que permite al solicitante volver a su hogar más pronto. Las opciones de planos, los materiales utilizados y los códigos de edificación son los mismos para las viviendas construidas en el sitio de la obra y las viviendas prefabricadas, así que la única diferencia para el solicitante es dónde se ensambla la vivienda. ¿Cuál es la ventaja para los solicitantes con unidades de vivienda móviles (MHU) sobre su propio terreno si se cambian a una vivienda prefabricada? Dado que la vivienda tendrá un cimiento sólido en comparación con la mayoría de las MHU, la vivienda prefabricada se considera más resistente y una opción de recuperación a largo plazo más segura para el solicitante. Las viviendas prefabricadas también podrían terminarse más pronto que un reemplazo de MHU, dado que la industria de MHU está sufriendo considerables demoras en la fabricación y la adquisición. Las MHU y las viviendas prefabricadas también tienen códigos de edificación completamente distintos: las MHU se construyen conforme a los menos rigurosos estándares de fabricación de vivienda del HUD mientras que las viviendas prefabricadas se construyen conforme al Código de Edificaciones Residenciales de Carolina del Norte, que puede equipararse directamente a las viviendas construidas en el sitio de la obra, y que están diseñadas y construidas conforme a los códigos de edificación estatales o locales donde estará ubicada la vivienda. ¿Se verá afectado mi financiamiento ahora que recibiré una vivienda prefabricada? No, no habrá ningún impacto económico sobre sus desembolsos requeridos o subvención si usted recibe una vivienda prefabricada en lugar de un reemplazo de MHU o vivienda construida en el sitio de la obra. El límite de financiamiento se basará en el costo real de construir planos elegibles aprobados por el programa, incluirá la demolición y el retiro de la unidad dañada, el costo de la unidad nueva, la instalación y la entrega con una prestación adicional destinada a cubrir la elevación. ¿Cómo me afectará esto si mi estructura dañada ya era una vivienda prefabricada? Esto no afectará a los solicitantes con estructuras de vivienda prefabricada, dado que el programa ya considera las viviendas construidas en el sitio de la obra y las viviendas prefabricadas de igual forma con relación a los tipos de subvención, las opciones de planos y los materiales utilizados. ¿Me permitirá la ventaja de una vivienda prefabricada obtener mi vivienda más pronto? Para las viviendas prefabricadas, los solicitantes no tendrían que pasar por el proceso de licitación dado que a todos los solicitantes se les asigna el único contratista general que está a cargo de todos los proyectos de viviendas prefabricadas. Una vez que lleguen al Paso 6, los solicitantes pueden anticipar que dentro de un par de semanas un representante de construcción del programa se comunicará con ellos para revisar los próximos pasos con su contratista general. Si se trata de un proyecto de reconstrucción estándar, los solicitantes aún tendrían que esperar a que se les asigne un contratista una vez que haya terminado el proceso de licitación. Es posible que los proyectos de los solicitantes tengan que licitarse unas cuantas veces antes de que se les asigne satisfactoriamente un contratista. ¿Qué tan pronto comenzará la construcción de una vivienda prefabricada? Si bien no podemos ofrecer un plazo preciso, debido a factores medioambientales eliminadores como el clima y la supresión del proceso de licitación de contratistas, las viviendas prefabricadas podrían demorar menos tiempo que el proceso de construcción en el sitio de la obra. ¿Se verá distinta mi vivienda si tenía una vivienda construida en el sitio de la obra y ahora recibo una vivienda prefabricada? No, las opciones de plano son las mismas tanto para las viviendas prefabricadas como para las viviendas construidas en el sitio de la obra. Independientemente de si la vivienda se reconstruye en el sitio de la obra o fuera de obra (prefabricada), la vivienda se verá igual. Las opciones de planos y los bosquejos de las viviendas se pueden consultar aquí. ¿Es la ventaja de una vivienda prefabricada solo para los solicitantes con viviendas móviles (MHU) sobre su propio terreno? No, las viviendas prefabricadas también se ofrecerán a los solicitantes que actualmente tienen una vivienda construida sobre el sitio de la obra y que son elegibles para recibir ayuda de reconstrucción o de reconstrucción con elevación. ¿Está disponible la ventaja de una vivienda prefabricada para los solicitantes que alquilan el terreno? Si no, ¿cuál será la opción para estos solicitantes? No, debido a que una vivienda prefabricada es una instalación permanente sobre el terreno, las viviendas prefabricadas no se ofrecerán a los solicitantes que habitan en terrenos alquilados (p. ej., parques de viviendas móviles). En cambio, a dichos solicitantes se les ofrecerá una MHU según lo explican las políticas y procedimientos normales del programa. ¿Si tengo una MHU y opto por cambiarme a una vivienda prefabricada, ¿seré elegible para obtener un crédito para el depósito en garantía? El proceso de crédito para el depósito en garantía de la reconstrucción se usará para las viviendas prefabricadas, ya que se usarán los mismos planos. Es decir, si los solicitantes con una MHU aceptan una vivienda prefabricada como su tipo de vivienda de reemplazo y solicitan un crédito para el depósito en garantía, entonces se usará el plan que seleccionen en el “Paso 5: Firma de las concesiones y las subvenciones” para el proceso de crédito para el depósito en garantía. Esto es idéntico al crédito para el depósito en garantía que el programa usa actualmente. El crédito para el depósito en garantía es una opción ofrecida por el Programa que permite a los solicitantes reducir su saldo de depósito en garantía mediante la selección de un plano o modelo de MHU más pequeño. ¿Cuáles serán las consecuencias del aumento impositivo al ser propietario de una vivienda prefabricada en comparación con una MHU? La NCORR no tiene ninguna supervisión o control sobre las consecuencias fiscales. La ciudad determina los impuestos prediales a través de una evaluación inmobiliaria. No obstante, una MHU que no esté fijada a un terreno (la cual no es un bien inmueble) se considera un bien personal para fines impositivos en tanto que una vivienda prefabricada se considera dentro de un formulario fiscal para bienes inmuebles. Es posible que los impuestos prediales sobre una vivienda prefabricada sean más altos que los de una MU. Esto es algo que los solicitantes deberán tener en cuenta si permiten que el programa reemplace su MHU por una vivienda prefabricada. Los solicitantes tendrán la opción de aceptar o rechazar una vivienda prefabricada si el tipo de estructura dañada es una MHU. ¿Si actualmente tengo una MHU sobre mi propio terreno y me cambio a una vivienda prefabricada, ¿tendré que informar a mi ciudad? Sí, será la responsabilidad de los solicitantes visitar su oficina del registrador de la propiedad inmobiliaria a fin de obtener una escritura pública para la vivienda prefabricada, e informar a la ciudad que la MHU dañada por la tormenta será retirada del sitio y cancelar el título de propiedad. ¿Disminuirá el valor de mi propiedad si recibo una vivienda prefabricada? El tipo de vivienda prefabricada sin armazón que usa el programa sigue tendencias similares de aumento y caída del valor de la propiedad en comparación con las viviendas construidas en el sitio de la obra, y a menudo se usan de forma comparativa al tasar el valor de viviendas prefabricadas. En comparación con las MHU, seleccionar una vivienda prefabricada no disminuirá el valor de su vivienda. ¿Si ya seleccioné un plano para mi subvención de reconstrucción, ¿tendré que hacer una selección nueva para la vivienda prefabricada? No, usted no tendrá que cambiar la selección de su plano. Usted recibirá el mismo plano que seleccionó en el “Paso 5: Firma de las concesiones y las subvenciones”. Lo único que cambiará es dónde se construirá su vivienda nueva, ya sea si se construirá por completo en el sitio de la obra o parcialmente en una fábrica. ¿Puedo personalizar los colores y el revestimiento de suelos de la vivienda prefabricada? Sí, usted podrá seleccionar de unos cuantos paquetes de colores para personalizar su revestimiento de suelos, armarios, encimeras y recubrimiento exterior. También tendrá la opción de seleccionar piso laminado para toda la vivienda o una combinación de alfombra y piso laminado. Aplica Ya Connect with ReBuild NC .Facebook .Twitter .Youtube